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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #399416  por chiqui79
 
Hola a todos y gracias por la atencion, pregunta:
1.- Como se prescriben periodos por la ley 25321??? Se hace en la opcion de beneficios del sicam???
2.- Hay alguna limitacion referida a cantidad de tiempo, periodos, etc. que debiera considerar???

La consulta viene porque tengo una clienta que tiene dado de alta periodos super caros con una categoria taxista, que por supuesto no estan pagos, periodos 1993 en adelante. Puedo prescribirlos no??? asi no los pago, sino me da una fortuna y le compro SDM, del 04/2000 en adelante.
Si necesitan mas datos me avisan.

Muchas gracias por la solidaridad.
 #399422  por peri1955
 
TODO LO QUE NO NECESITES Y EXCEDA LOS 30 AÑOS LO PODES PRESCRIBIR POR LA 25321.- LO HACES EN LA PARTE DE BENEFICIOS EN SICAM. A PARTIR DE 10/93 EN ADELANTE.