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 #399159  por karina75
 
Les hago una consulta en un beneficio de litigar sin gastos me despachan lo siguiente: De la prueba producida dese vista a la contraria por el término de cinco días (art.81 del CPC). Notifíquese.-. Es evidente que tengo que notificar ahora la pregunta es que es lo que notifico, tengo que agregar copias de algo. Lo unico que tengo el la ratificacion de la declaracion de los testigos.
gracias.
 #399335  por MG
 
Opino que la notificacion va por nota, igual pregunta en tu Juzgado.
 #399690  por sole10
 
karina75 escribió:Les hago una consulta en un beneficio de litigar sin gastos me despachan lo siguiente: De la prueba producida dese vista a la contraria por el término de cinco días (art.81 del CPC). Notifíquese.-. Es evidente que tengo que notificar ahora la pregunta es que es lo que notifico, tengo que agregar copias de algo. Lo unico que tengo el la ratificacion de la declaracion de los testigos.
gracias.
Si dice NOTIFIQUESE va por cédula,tenes que notificar a la contraria de la declaración testimonial,es decir,enviar las copias de las declaraciones testimoniales y su ratificación.Pedí el expte.en prestámo para sacar las copias y las adjuntas a la cedula transcribiendo el auto que lo ordena.