Hola foristas tengo un inconveniente con un beneficio, presente el mismo, como traslado a la contraria esta solicita la comparecencia personal de los testigos, fijaron audiencia la contraria no notificó, yo creia que de la demandada que lo peticionó era la obligación de notificar, ante ello no comparecieron. Pedi que se tenga por desistida de dicha petición y el juzgado me responde que en virtud del art 432 inc.1 no habiendo la parte interesada activado la citación de los testigos,declara la caducidad de dicho medio probatorio, Hay algo que pueda hacer al respecto?
