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  • autonomo, si se jubila puede seguir trabajando??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #396870  por lakabra
 
Hola, tengo un autonomo (Vicepresidente de S.A.) que se quiere jubilar.

Luego de la jubilación puede seguir trabajando (osea aportando a traves de la S.A.)??

Por hay estoy preguntando una pavada, pero la verdad quiero estar seguro.

Saludos
 #396977  por inesla
 
Mauricia escribió:Si, va a pagar menos de autonomos poque pasa a ser aportante jubilado, pero si lo puede pagar yo le digo que lo haga para luego agregar esos años y que le aumenten el haber.
Mauricia, hola. Si el sr. está jubilado por la 24241, no puede agregar años, ya que al declararse cómo jubilado sus aportes, no ingresan a la pseudo cta. corriente, sino que van al fondo de desempleo y por lo tanto no reajusta el haber, mediante ese concepto, sds
 #396988  por Mauricia
 
A mi me reajustaron uno, pero siguio pagando normalmente, no como aportante jubilado, me lo aconsejaron en anses y asi lo hizo, eso fue en 2005 (y aporto hasta 8/08), el año pasado presente eso mas una certificacion que habia dejado de lado para jubilarlo por web (respete esos periodos renunciandolos) reuni 7 años y algo y le reajustaron el haber en Udai Monserrat.
 #397071  por lakabra
 
Gracias a todos por sus respuestas.

A ver si entendí:

Puede seguir trabajando y aportando.

Lo que no me quedo claro es si se puede hacer que sus aportes no vayan al fondo de desempleo y despues de unos años pedir reajuste, o necesariamente sus aportes van al fondo de desempleo.

Ademas, cuando dijeron que los aportes son menos, eso es porque en Afip aportaría como jubilado aportante y entonces los porcentajes y/o importes a aportar son menores??.

Gracias nuevamente y saludos
 #397081  por lucky
 
El aporte es menor porque no paga el concepto "Obra Social" del Monotributo. Una vez que se jubila, tiene que entrar a la página de AFIP, en la parte de MONOTRIBUTO, y allí hacer la modificación de datos (optar por jubilado ley 24.241) e imprimir la nueva credencial para pagar en el Banco.
 #397093  por diego79
 
Hola foristas, ya que tocaron el tema de que si sigue aportando podría pedir un reajuste, alguien que aportó 38 años, en vez de 30 como dice la ley, puedo hacerle pedir un reajuste por esos 8 años en demasía, muchas gracias...
 #397105  por lakabra
 
lucky escribió:El aporte es menor porque no paga el concepto "Obra Social" del Monotributo. Una vez que se jubila, tiene que entrar a la página de AFIP, en la parte de MONOTRIBUTO, y allí hacer la modificación de datos (optar por jubilado ley 24.241) e imprimir la nueva credencial para pagar en el Banco.
Hola.

Y si esta inscripto como autonomo, en vez de ser monotributista como sería??

Gracias y Saludos