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  • incumplimiento de contrato de servicios???

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 #392886  por andrea24
 
Tengo dos clientas que realizaron un posgrado en una universidad con sede en buenos aires pero a distancia, ellas terminaron en el año 2007 pero hasta el dia de hoy no les entregaron el titulo ni los analiticos, enviaron carta documento pero no les contestaron nada, mi duda es si este seria un caso de incumplimiento de contrato de servicios??? podria iniciar algo judicialmente y que??? y cual seria el domicilio del contrato en este caso que es a distancia????
Por favor, necesito ayuda porque me tiene desconcertada, gracias!!!!!
 #393408  por enzo fernando costa
 
No me extraña que estas cosas sucedan en la Argentina. Conozco varios casos de egresados de cursos de postgrado (especialidad) en la Fctad. de Medicina de la UBA, que ya va a hacer un año que están esperando lo mismo. Esperan, con patriótica resignación, en vez de gritar a voz en cuello que la enseñanza aquí está be-rre-ti-za-da. "Berre(ta)", por la falta de recursos tecnológicos y humanos eficientes, y "tizada", porque es una enseñanza puramente teórica, sin asomo de práctica ninguna, de pura "tiza" y pizarrón.
Pero yendo a tu caso puntual, si contrataron los servicios en una sede de Capital Federal, y ellas viven aquí, donde obviamente deben recibir los materiales del curso o carrera, corresponde la competencia local, aunque la Universidad tenga su sede en Pnom-Penh.
El encuadre sería el de los daños y perjuicios por incumplimiento contractual (a menos que oportunamente les hubiesen advertido que los diplomas y los certificados analíticos les serían entregados de acuerdo con los ritmos y pautas autóctonos).
¿No agotaron el recurso primero de ir a patalear de cuerpo presente y en patota a esa sede?... ¿Y un piquete?...
 #393617  por andrea24
 
ellas son de santiago del estero y la universidad es la tres de febrero virtual, cual seria el domicilio que rige este contrato??? eso es lo que mas me desconcierta, gracias!!!!
 #393941  por enzo fernando costa
 
1) La entidad mencionada tiene su sede del rectorado en Capital Federal: luego, es demandable allí (domicilio del demandado y lugar del contrato).
2) El lugar de cumplimiento implícitamente establecido era el domicilio de tus clientas, o sea Santiago del Estero. Ello así, porque cuando tus clientas se inscribieron, quedó claro en su ficha (supongo) que tenían domicilio en Santiago del Estero. Como el lugar de cumplimiento de la obligación docente técnicamente es el ciberespacio, y no existe jurisdicción establecida allí, la analogía exige considerar que era en el domicilio de las alumnas, o sea Santiago del Estero. Conclusión: también sería competente el juez allí.
3) En estos casos siempre se me ocurre también la posibilidad administrativa del recurso a través de Derechos del Consumidor.
4) Si optan por la vía rápida del piquete, lo único que necesitan son unas capuchas y unos garrotes. No rige ninguna ley, y son inimputables.
 #393981  por Mordisco
 
La universidad de 3 febrero es NACIONAL

Entonces deberia tener en cuenta la ley 19.549
Ley 19549 escribió:
Reclamo administrativo previo a la demanda judicial.

ARTICULO 30.- El Estado nacional o sus entidades autárquicas no podrán ser demandados judicialmente sin previo reclamo administrativo dirigido al Ministerio o Secretaría de la Presidencia o autoridad superior de la entidad autárquica, salvo cuando se trate de los supuestos de los artículos 23 y 24.
El reclamo versará sobre los mismos hechos y derechos que se invocarán en la eventual demanda judicial y será resuelto por las autoridades citadas.
ARTICULO 31.- El pronunciamiento acerca del reclamo deberá efectuarse dentro de los noventa (90) días de formulado. Vencido ese plazo, el interesado requerirá pronto despacho y si transcurrieren otros cuarenta y cinco (45) días, podrá aquél iniciar la demanda, la que deberá ser interpuesta en los plazos perentorios y bajos los efectos previstos en el artículo 25, sin perjuicio de lo que fuere pertinente en materia de prescripción. El Poder Ejecutivo, a requerimiento del organismo interviniente, por razones de complejidad o emergencia pública, podrá ampliar fundadamente los plazos indicados, se encuentren o no en curso, hasta un máximo de ciento veinte (120) y sesenta (60) días respectivamente.
La denegatoria expresa del reclamo no podrá ser recurrida en sede administrativa.
Los jueces no podrán dar curso a las demandas mencionadas en los artículos 23, 24 y 30 sin comprobar de oficio en forma previa el cumplimiento de los recaudos establecidos en esos artículos y los plazos previstos en el artículo 25 y en el presente.
ARTICULO 32.- El reclamo administrativo previo a que se refieren los artículos anteriores no será necesario si mediare una norma expresa que así lo establezca y cuando:
a) Se tratare de repetir lo pagado al Estado en virtud de una ejecución o de repetir un gravamen pagado indebidamente;
b) Se reclamare daños y perjuicios contra el Estado por responsabilidad extracontractual.
Tambien por otro lado, deberia contar con una copia del contrato y/o cualquier otro medio de prueba que acredite la oferta academica, los compromisos asumidos, la fijación de domicilios especiales donde serán válidas las notificaciones, etc
 #394004  por Mordisco
 
Empeze a analizar la pagina de la Univ. y fijate en Tramite de expedicion de titulo dice:

"Le comunicamos también, que cualquier dificultad que surja en la expedición de su documentación, le será notificada......."ahi ya le estaria dando pie para empezar el reclamo,
 #394017  por enzo fernando costa
 
Muy atinado el aporte de Mordisco. Nos movió toda la estantería.
Efectivamente, la Universidad den cuestión es un ente autárquico dentro de la administración pública nacional, por Ley 24.495.
Entonces, se me ocurre otra cosa: el ente de fiscalización debería ser el Ministerio de Educación, quizá través de la Subsecretaría de Equidad y Calidad, actualmente a cargo de la Lic. María Brawer. Habría que confirmar esto personalmente o en http://www.me.gov.ar/ministerio.html y ver qué reclamo se puede hacer.
A propósito: no aclaraste en qué jurisdicción actuás vos...
 #394036  por andrea24
 
Yo soy de santiago del estero es por eso que me preocupaba el tema del domicilio porque si seria el de la universidad les tengo que aclarar a las clientas que no puedo seguir el caso. Pero los aportes que hicieron fueron tan buenos!!! que voy a analizar el tema de defensa del consumidor y en el ministerio de educacion para ver que respuestas obtengo de cada organismo.
Muchisimas gracias por la ayuda!!!!!!!!!!!!!!!