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  • nulidad canonica nefasta

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 #392176  por lucrecia091
 
Hola a todos, quiero plantearles un caso para que me ayuden porque no se que sugerir a la clienta.
El caso es que ella se divorcio y luego de varios años el ex marido quiere casarse nuevamente y sale a la luz que por ser de una flia con influencias pudo falsificar la bendicion mixta y hacerla pasar por un matrimonio canonico.
No hace mas de 6 meses el ex le pide colaboracion para anularlo porque queria nuevamente casarse por iglesia, ahora con una cristiana.
Mi clienta accedio sin saber de que se trataba, concurrio al arzobispado donde fue sometida a un interrogatorio propio del medioevo, donde se la inducio constantemente a los fines de que la nulidad le sea otorgada. No obstante cuando mi clienta ya no soporto mas la presion del cura quien tomaba la audiencia, estallo en llanto y dijo que no queria seguir mas, ante tal manifestacion el cura le dijo si se comprometia a no hacer escandalo el dia de la boda, textualmente mi clienta refiere que no daba credito y asi fue leido frente a una notaria delante de la que tuvo que firmar tal compromiso.
A los 4 meses la nulidad le habia sido otorgada al Sr.
Mi clienta quiere saber si puede reclamar daños y perjuicios porque se ha sentido personalmente estafada no solo por su ex marido sino por la iglesia catolica.
Si alguien puede ayudarme como mejor aconsejarla al respecto.
gracias
 #392244  por viko
 
Cual fue la causa de la nulidad? porque si fue precisamente, que no querian casarse y solo era una bendicion mixta, no creo que haya muchos daños y perjuicios que reparar. si la causa fue otra, habra que probar el fraude. Lo veo posible, pero no soy un experto en der. canonico. saludos
 #392520  por enzo fernando costa
 
Ante todo, quiero aclararte que soy católico bautizado, no practicante, y que mi enfoque sobre la Iglesia Católica Apostólica y Romana es puramente, fríamente, y críticamente sociológico. También quiero aclararte que mi leve interés por el derecho canónico se fundamenta en mi tesis de que éste ha sido el primer "derecho administrativo" de la historia, y que vale la pena darle una mirada ocasionalmente, como una interesante fuente de ideas y soluciones para los planteos muchas veces embrollados y abstrusos de las cuestiones administrativas del Estado. Aclarado esto, paso a darte mi opinión.
Pregunto: ¿Tu cliente es Heidi?... Porque ella, no siendo católica, aceptó que su cónyuge hiciera una simulación, a los sólos fines de la apariencia social, y seguramente para no perder buenos negocios con la gente ultracatólica con la que aquél se relaciona. Digamos que no le molestó, mientras estuvo casada.
Ahora, se aviene a testimoniar en el trámite de esclarecimiento de esa simulación, cumpliendo con un principio general del derecho canónico (que también lo es del derecho romano) que dice: "Quod latenter, aut per vim, vel alias illicite, introductum est, nulla debet stabilitate subsistere". O sea: "Lo que ha sido introducido secretamente, o por temor, o de cualquiera otra forma ilícita, no puede ser sostenido". Es loable su actitud de honestidad, al comparecer ante un tribunal que carece por completo de jurisdicción sobre su persona, y dar su testimonio al respecto del acto simulado. Parece que fue mal tratada (cosa que no me extraña proveniendo de hipercatólicos), y además toma conciencia de que esta situación le remueve mucho dolor. Entonces, lo que tu cliente necesita, no es un abogado: son algunas sesiones de sicoanálisis y terapia de apoyo. La gran oportunidad de mandar a paseo al tribunal eclesiástico con un dannunziano "me ne frego", ya pasó...