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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #390767  por DraAnabel
 
Buenas tardes,

Queria preguntar sobre este tema porq me dedico a otras ramas del derecho, pero debo hacerle el favor a una familiar.
Esta por cumplir los 60 años y tiene solamente 3 años de aporte en relacion de dependencia. Existe alguna moratoria a la cual puedo acogerme? La puedo jubilar como las llamadas amas de casa con estos aportes realizados? Espero alguien pueda responderme. Saludos!
 #390818  por SIPOL82
 
la moratoria que tenes que ver es la ley 24476. En principio por la edad que tiene, no podes comprar todos los años con moratoria porque llega hasta septiembre de 1993. Ademàs tendrìas que ver en que periodo tiene esos años de aporte y si son autonomos o en relaciòn de dependencia. El periodo a computar lo tenes que calcular a partir de cumple los 18 años de años de edad.
 #390843  por DraAnabel
 
Muchas gracias Sipol por molestarte en responder!!

Entonces desde el año 67 que alcanzo los 18 años de edad, hasta 9/93 serian 26 años de aporte q puedo comprar. Son muy caros estos periodos?? Quiero aclarar que trabajo BAJO RELACION DE DEPENDENCIA DESDE 69 HASta EL AÑO 72. (3 años)

Entonces pregunto se aplica igualmente la moratoria 24.476?? Y debo restar los años loborados, entiendo bien?
 #390968  por estudiocm
 
Exactamente, pero también vas a tener que completar con sdm lo que te falta para llegar a los 30 años. La moratoria no sería el problema porque sólo tendría que tener para la primer cuota, pero lo que completas con sdm lo tiene que pagar completo antes de iniciar el trámite. Tenés que hacer el cálculo de $43 mensuales ($20 con form. 102 y $23 con form. 575) por cada mes que te falta para llegar a los 30 años
saludos
Paula
 #391219  por DraAnabel
 
Genial Paula, me quedo bastante clarificado el asunto, muchisimas gracias!!

La ultima duda es preguntarte si la primer cuota que debo abonar de la moratoria, cuesta lo mismo ($43) q sdm?? Y perdon mi ignorancia pero q significa la sigla sdm?

No molesto mas, prometo!
Saludos y gracias nuevamente
 #391327  por estudiocm
 
Hola DraAnabel: no es ningún problema. sdm es servicio doméstico. La cuota de moratoria NO te va a dar lo mismo que la cuota de sdm. Pensá que lo que hacés es calcular cuánto debe por la cantidad de años que no aportó (moratoria) si tenés 26 años de deuda el monto será importante. Según la categoría en que le compres los aportes (era una mujer ¿no? te recomiendo 307) es el monto de deuda, seguramente rondará entre los 300 y los 400 pesos. Primero tiene que pagar todo lo de sdm y una vez que verifiques que los aportes figuren en sijp hacele pagar la primer cuota, ya que si hay un error y tenés que recalcular el sicam, tendría que volver a pagar la cuota. La primer cuota siempre es algo de $60 más barata que las 59 restantes ya que no tiene interés. Cualquier otra cosa que necesites avisame, no es ninguna molestia.
Igual te aconsejo que mires por el buscador que hay muchos post que te van indicando casi paso a paso como hacer tu primera jubilación.
un beso
Paula
 #391413  por DraAnabel
 
Me surgieron mas dudas a raiz de lo que estuve leyendo,

1) para pagar los 4 años q me restarian de sdm debo sacarle CUIT EN AFIP a mi tia o no es necesario. (teniendo en cuenta q los 3 años de aporte q tiene han sido bajo rel de dependencia por lo tanto posee la cuil).

2) ej, desde el 10/93 hasta el 09/97 pago sdm y luego debo hacer algo con los años restantes (digo a partir del 10/97) hasta la actualidad??

Slauditos y gracias por la ayuda q me estan dando
 #391617  por estudiocm
 
no. No es necesario cargarle cuit, solo completás los formularios con el cuil que tiene. Sdm se compra a partir de 04/2000 en adelante lo que necesites.
Con lo que te queda no hacés nada, ya que la moratoria SOLO puede ser hasta el 09/93. Después de esa fecha no puede haber períodos impagos.
La moratoria la hacés desde el mes siguiente de que cumplió 18 años hasta el 09 del 93, descontando los años que tiene en rrdd (no recuerdo si los tiene dentro de ese período). Es decir, desde el 69 hasta el 72 no lo comprás en moratoria ya que los tiene en rrdd. Cuando hayas terminado de calcular hasta cuando le tenés que comprar sdm y según el año de cese es lo qeu le corresponde de beneficio de ddjj, sino me equivoco y tenés que comprar 4 años de sdm terminarías de pagar el período 03/04 por lo que le corresponden dos años de ddjj que se los aplicás como beneficio dentro de la moratoria (te conviene desde 04/84 al 03/86 que son períodos caros).
si necesitás algo más, tratá de armar el sicam, cargá todos los datos (fecha de nacimiento exacta, rrdd exacto desde cuando hasta cuando) y te lo reviso.
un beso
Paula
 #394888  por DraAnabel
 
Paula.. muchas gracias por todas tus respuestas.
Si no es molestia te queria consultar acerca de lo que me sugeriste:
hay una cosa que no entiendo: cual seria el año de cese? y tampoco entiendo como es eso del beneficio que debo aplicar de declaracion jurada, ya que le corresponderian dos años de este beneficio.
Otra duda que tengo como hago para cargar los tres años que la mujer laboró en relacion de dependencia en el SICAM (del 69 al 72) porque por mas que intento no puedo hacerlo
 #394996  por estudiocm
 
Ahi van tus respuestas: el cese es el año en que la persona tiene su último aporte, sea como autónomo/monotributista (en este caso puede ser un cese ficto, que es cuando se lo tomás al último período pago) o en relación de dependencia.
Este año te determina cuántos años de ddjj (declaración jurada) podés aplicar, significa que una vez que cargás en la situación de revista los años de moratoria, abajo en beneficios aplicás el art. 3 de la 24476 que significa que los años en que la aplicás no suman para la deuda. hay una tablita:
cese de actividad al año:
94/95 beneficio: 7 años
96/97 beneficio: 6 años
98/99 beneficio: 5 años
00/01 beneficio: 4 años
02/03 beneficio: 3 años
04/05 beneficio: 2 años
06/07 beneficio: 1 año
De ahí en adelante ningún año.

Nunca vas a poder cargar la relación de dependencia en sicam simplemente porque no se carga, sólo lo ponés en la solicitud de prestación (formulario de inicio).
Espero que te sirva (a veces me enredo cuando escribo) avisame si no fui clara.
un beso
Paula
 #399219  por DraAnabel
 
Paula te agradezco infinitamente tus indicaciones, me estan siendo de mucha utilidad.

Te muestro como quedaria cargado en SIcam asi lo chequeas o cualqueir otra persona q desee ayudarme.

Mujer nacida 08/1949 (los 18 años los alcanzo en 08/ 1967)
Tiene 3 años en relacion de dependencia desde el 22/09/069 al 16/10/72

Entonces por MORATORIA LEY 24476:
-desde 09/67 hasta 09/69 categoria 307
-desde 11/72 hasta 9/93

BENEFICIO
desde 04/84 al 03/86 (art 3 L 24.476)

SDM
compro desde 4/2000 hasta 03/2004 (4 años)

Es correcto esto?? Me quedan algunos dias suletos pro el tema de la relacion de dependencia q no se bien como redondearlos.

Saludos a todos!!
 #399760  por estudiocm
 
Hola: perdón por la demora!!!!
DraAnabel escribió:Paula te agradezco infinitamente tus indicaciones, me estan siendo de mucha utilidad.

Te muestro como quedaria cargado en SIcam asi lo chequeas o cualqueir otra persona q desee ayudarme.

Mujer nacida 08/1949 (los 18 años los alcanzo en 08/ 1967)
Tiene 3 años en relacion de dependencia desde el 22/09/069 al 16/10/72

Entonces por MORATORIA LEY 24476:
-desde 09/67 hasta 09/69 categoria 307
hasta el 08/69 porque sino se te superpone un mes
-desde 11/72 hasta 9/93

BENEFICIO
desde 04/84 al 03/86 (art 3 L 24.476)

SDM
compro desde 4/2000 hasta 03/2004 (4 años)
eso está bien
Es correcto esto?? Me quedan algunos dias suletos pro el tema de la relacion de dependencia q no se bien como redondearlos.
te toman el mes entero. No te olvides de corregir lo del primer punto y fijate si necesitás un mes mas de sdm
Saludos a todos!!
saludos
Paula
 #400104  por DraAnabel
 
Mil Gracias Paula, como siempre!!

Ya corregi lo q me marcaste.

Pero con respecto al mes mas de SDM q me sugeriste, pensaba si no tendria q abonar un mes menos en realidad, en lugar de 4 años, comprar 3 años y 11 meses, ya que la moratoria la arranca el 9/67 hasta 9/93 (amen de q estan incluidos los años q laboro en rel de dependencia). qUE OPINAS?
 #400462  por estudiocm
 
no porque en realidad no le estás agregando un mes, sino que estás cortando antes la moratoria porque sino le comprás el mes 9/69 qeu en realidad ya lo tenías porque tenía rrdd.
Paula
 #401411  por DraAnabel
 
Ok eso clarisimo, entonces te cambio la pregunta, desde el 9/67 al 9/93 habrian 26 años y un mes no?

Digo, me cuesta contar los meses, quiero decir, se incluyen los meses de comienzo y final para contar....


(De ser esto asi, compraria 3 años y 11 meses, en lugar de 4 años)