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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #390151  por melon33
 
Hola soy nuevito en el foro, soy de Apóstoles Misiones mi nombre es Oscar, quiero saber por favor quien puede ayudarme, se que hay que pagar los años que no le alcanzan en la moratoria al 09/1993, y los años que no le alcanzan pagar como empleada domestica en los form. 102 y 575 20 y 23 pesos, solo necesito saber si hay que pagar tambien los intereses o solo se paga el capital y una vez pagado iniciar el tramite en el ANSES. Desde ya muchas gracias.-
 #390186  por soloiure
 
Oscar, hay varios topics sobre el tema.
Anses no te exige que abonés los intereses, podés ingresar el trámite pagando solo los $20 + los $23.
Quién tiene la facultad de en lo futuro reclamarselos a tu cliente es AFIP, por lo cual, te aconsejo se lo informes, y le hagas firmar a tu cliente un consentimiento informado al respecto para iniciar el trámite. Con los clientes uno nunca sabe :roll: , mejor prevenir que curar! Suerte!
 #390305  por melon33
 
Hola de nuevo tengo una duda en el formulario 575 los 23 pesos van en el rubro II Contribuciones de Seguridad Social codigo 896 o con que codigo va. Ayuda Por Favor.
 #390312  por Alejandra Radua
 
melon33 escribió:Hola de nuevo tengo una duda en el formulario 575 los 23 pesos van en el rubro II Contribuciones de Seguridad Social codigo 896 o con que codigo va. Ayuda Por Favor.
Rubro II. Diferencia de contribuciones.