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  • PRESCRIPCION-ACC. DE TRANSITO

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 #389634  por Catita_1
 
Les hago una consulta, tengo que presentar una demnada por accidente de transito, moto contra auto, el plazo es de dos años del hecho, en este caso fue el 5 de Agosto del 2007, el tema es como cuento los dos años, ya que estarian venciendo en estos dias, se que no coinciden con el 5 de Agosto del 2009, siempre es antes, para asegurarme lo quiera presentar durante la feria, alguien sabe el mecanismo.
Gracias.
 #389646  por abogado_1987
 
Catita_1 escribió:Les hago una consulta, tengo que presentar una demnada por accidente de transito, moto contra auto, el plazo es de dos años del hecho, en este caso fue el 5 de Agosto del 2007, el tema es como cuento los dos años, ya que estarian venciendo en estos dias, se que no coinciden con el 5 de Agosto del 2009, siempre es antes, para asegurarme lo quiera presentar durante la feria, alguien sabe el mecanismo.
Gracias.
Catita, interpretaría de aplicación el art. C.C.

25. Los plazos de mes o meses, de año o años, terminarán el día que los respectivos meses tengan el mismo número de días de su fecha. Así, un plazo que principie el quince de un mes, terminará el quince del mes correspondiente, cualquiera que sea el número de días que tengan los meses o el año.
 #389676  por Catita_1
 
Era la regla que aplicaba, pero una colega me comento que no siempre coincide, por eso la duda.
Gracias abogado.
 #389789  por abogado_1987
 
Catita_1 escribió:Era la regla que aplicaba, pero una colega me comento que no siempre coincide, por eso la duda.
Gracias abogado.
Catita, tené presente ...

“La prescripción liberatoria es inseparable de la acción, nace de ella y empieza a correr desde el momento en que aquélla surge”

"El término de prescripción de las acciones comienza a correr, como resulta del artículo 3956 del Código Civil, desde que la obligación del deudor sea exigible para el acreedor, es decir, desde el día en que éste puede ejercer la acción correspondiente, pidiendo el pago de la deuda o el cumplimiento de la obligación”

“El punto de partida de la prescripción debe ubicarse en el momento a partir del cual la responsabilidad existe y ha nacido la consiguiente acción para hacerla valer, o, en otros términos, desde que la acción quedó expedita”

de nada ... mucha suerte
 #390196  por Catita_1
 
Me quedo claro, ahora la duda, la demanda la quiero presentar durante la feria, pido hab. receptoria funciona? o voy directo al juzgado de turno?
 #390225  por abogado_1987
 
Catita_1 escribió:Me quedo claro, ahora la duda, la demanda la quiero presentar durante la feria, pido hab. receptoria funciona? o voy directo al juzgado de turno?
yo la presentaría el lunes 3 de agosto ...