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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #388627  por fredi
 
TENGO UNA PERSONA PENSIONADA, Q EL MARIDO ERA CHOFER, SE JUBILO POR DECRETO ESPECIAL PERO POR LEY VIEJA...........

PARA EL REAJUSTE ESTA NO ES UNA LEY ESPECIAL NO??

LO HAGO COMO UN 18.037 NORMAL?


FREDI
 #388634  por peri1955
 
SI REAJUSTE COMO 18037.- PERO CHOFER DE QUE...SE JUBILO POR LA 20740?
 #388647  por fredi
 
ESO ES LO QUE NO SE, SI FUE POR LA 20.740 O POR LA 18.037, TENGO QUE TOMAR LA VISTA, PERO COMO ESTA FRENADO TODO QUERIA IR ADELANTANDO ALGO, Y PENSABA QUE AUNQUE ESTE COMO REGIMEN ESPECIAL, EL REAJUSTE IBA POR LA 18.037---AHORA Q LEO MI PROPIO POST ME PARECE MEDIO TONTO LO QUE PREGUNTO, TENGO Q SER PACIENTE Y TOMAR LA VISTA Y DESPUES PRESENTAR EL RECURSO ADMINISTRATIVO.,
 #388772  por olmedo357
 
Igual me parece que la ley 20740 en cuanto a la forma de calcular el haber y su movilidad no tiene una regulación específica. Me parece que tenés que ir a la 18037. Pero esperemos a ver si alguien tuvo algún trámite de este tipo.
Saludos
 #388800  por lgaray
 
La 20740, el 4257, el 3555, la 20745 o el que sea, regula los años de servicios y de edad por la que acceden al beneficio de jubilación y nada tiene que ver por la Ley de Jubilaciones vigente al momento de la presentación del trámite.
Si fué por relación de dependencia y antes de la vigencia de la 24241, va por la 18037