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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #388147  por Esteban25
 
En respuesta al post anterior...como poder decir que trabjó con un abogado -para poder cobrar-puede...pero...COMO LO PRUEBA?

De reclamar los doshaberes yo creo que no porque es contadora (infraccion a la ley 17040)
De acuerdo estamos con que obvio trabajó y le debería pagar la vieja. Pero de ahí a que lo pueda reclamar judicialmente..no lo creo.
Dos haberes ni ahí...quizas si pueda reclamarle el sicam (otra vez..como prueba que hizo el sicam ella?? Con un convenio que contraria una ley de orden publico?) Quizas tambien pueda reclamar los pagos de sdm (habria que probarlo)

Acuerdense que loprimero que va a hacer la viejita es al contestar demanda NEGAR TODO!!
Quizas lo que mejor te convenga es mandarle una carta documento reclamando el pago de lo adeudado y ahí ver que pasa..
Esto pasa mucho..yo tengo varios juicios iniciados por falta de pago de honorarios...
 #388158  por andrea1982
 
Habría que ver el convenio, quizás si nombra por separado, en cláusulas diferente el SICAM y el trámite... podría hacer valer el SICAM.
Coincido con Esteban, estamos hablando de un contrato sobre algo que una ley de orden publico prohibe, dudo que pueda invocar el incumplimiento contractual, para mi el convenio de honorarios sobre la parte previsional, sería nulo.

Si dice que trabajó con un abogado, como dice Esteban tendrá que probar, y cómo hace si no tiene poder?

Yo, me tiraria por reclamarle el SICAM, en el SICAM quizás puso su mail, quizás tenga la clave fiscal, etc.
 #388203  por lakabra
 
Hace un rato estuve con mi papa que es contador y me dijo que existe una ley de honorarios para contadores habría que ver que dice dicha ley.

Ademas, yo le preguntaría al contador quien pidio el turno si el no inicio el tramite. Se lo dio a un abogado o gestor registrado ante Anses??

Saludos
 #388223  por ariel648
 
Y la demanda por incumplimiento se puede fundamentar en estas disposiciones arts 495, 496, 505,508, 520,628, 1169, 1623, 1627 y concordantes del Código Civil y art 14 ley 24.432. Que les parece?
 #388224  por ariel648
 
lakabra escribió:No estoy seguro...

Pero doy una opinion a ver que dicen los demas...

Si el actor de la demanda es el contador (con el convenio) y lo patrocina el abogado, y ademas en los hechos manifiesta que trabajo conjuntamente con el abogado en caracter de socio.
Eso no genera derechos de honorarios tambien para el abogado, ademas de existir derecho a honorarios por parte del contador (con convenio)?

Saludos
No se puede manifestar que trabajo con un abogado, por el hecho de que el convenio fue firmado entre la contadora y la jubilada.
 #388282  por andrea1982
 
No podés demandar incumplimiento contractual si el contrato contraria el orden publico. Es una nulidad absoluta, que puede declarar el juez de oficio. Ya te lo dije Esteban antes.
Solo podés demandarlo sobre lo que las partes si podían pactar. O sea, SICAM o el hecho de haberle completado los formularios de SDM.
Insisto, habría que ver el convenio y ver si aunque sea sirve como prueba. De todas formas, si se puede probar que hizo el SICAM.

Saludos
Andrea
 #388288  por lakabra
 
andrea1982 escribió:No podés demandar incumplimiento contractual si el contrato contraria el orden publico. Es una nulidad absoluta, que puede declarar el juez de oficio. Ya te lo dije Esteban antes.
Solo podés demandarlo sobre lo que las partes si podían pactar. O sea, SICAM o el hecho de haberle completado los formularios de SDM.
Insisto, habría que ver el convenio y ver si aunque sea sirve como prueba. De todas formas, si se puede probar que hizo el SICAM.

Saludos
Andrea
Hola Andrea, te hago una consulta para desasnarme.

Si firmas acuerdo en los terminos de la 17040 se podría ejecutar??

Saludos
 #388309  por alejandra01
 
bueno. ante tanta bataola cuando se habla de que un jubilado no paga, yo hacia firmar un convenio de honorarios hecho en mi pc, y abajo un pagaré en blanco...
Obvio, leyendo los post que decían que no podía embargar el sueldo porque si era el mínimo que se yo que...que no podía embargarse porque la 24241 lo impide...etc etc. y leí la posibilidad de ejecutar el convenio de honorarios, saqué el pagaré y dejé solo el convenio.
Después leí en un post que ejecutando solo habían logrado obtener la inhibición general (cosa ya bastante, porque no van a poder sacar un crédito nunca)...pero no dijo el forista que haya cobrado...dijo que no había resultado positivo el tema.
Hoy deduzco que, si un jubilado tiene tanta mala fe para pagar, voy a volver a poner el pagaré...porque: 1) si tengo que ejecutar, ejecuto por miseria...
2) si no puedo embargar el sueldo, voy a tener que laburar más...
entonces el pagaré, lo lleno con unos xxxx que me den posibilidad de embargarle hasta la cama...No le sacarán dinero, pero que los viejos temen por sus cosas...eso es cierto....sino...fíjense de pedirle prestado un rastrillo nomás van a ver como a los 5 minutos se los vienen a pedir de nuevo!!!!. :mrgreen:
Y podrán decir lo que quieran, pero cuando yo cobraba honestamente, devolvía el pagaré mencionado o lo rompía...y el cliente siempre me mandó a otro...
saludos.
 #388310  por empedocles
 
Lo de incluir en el reclamo a un abogado invocando la ley 17040 es una posibilidad pero aquel debe ser representante, es decir que debe demostrar haber intervenido en la tramitación como apoderado, y en este caso se presume que la sra. fue solita, al menos en el expte. no debe figurar el letrado.-
 #388316  por andrea1982
 
lakabra escribió:
andrea1982 escribió:No podés demandar incumplimiento contractual si el contrato contraria el orden publico. Es una nulidad absoluta, que puede declarar el juez de oficio. Ya te lo dije Esteban antes.
Solo podés demandarlo sobre lo que las partes si podían pactar. O sea, SICAM o el hecho de haberle completado los formularios de SDM.
Insisto, habría que ver el convenio y ver si aunque sea sirve como prueba. De todas formas, si se puede probar que hizo el SICAM.

Saludos
Andrea
Hola Andrea, te hago una consulta para desasnarme.

Si firmas acuerdo en los terminos de la 17040 se podría ejecutar??

Saludos
Yo soy estudiante, nunca hice una jubilación y tampoco jamás hice un convenio de honorarios. Igualmene, creo que el convenio serviría más como coacción, o si querés agregás que vos estás pagando la cuota o que cobrás el SICAM a parte (supongo que puede servir para eso)

De todas formas, creo yo, que como dice empédocles, el abogado tiene que actuar por representación, es la mejor prueba de que él presentó el trámite, porque aún con convenio, si el cliente después dice "yo fui solo", como lo probás?

Alejandra, tengo una duda, si vos les hacés firmar un pagar, se los hacés firmar en garantía? Se puede hacer eso en materia previsional?
Pregunto, porque para mi la obligación nacería una vez que la persona se jubiló o pensionó.
 #388320  por ariel648
 
Aparte tengo como pruebas las boletas de SDM, la solicitud de clave fiscal y la constancia en original del expediente administrativo de la jubilada.
 #388342  por andrea1982
 
Pero Ariel, si vos declarás que la contadora le "HIZO" el trámite previsional, está confesando un delito!

Yo que vos ni menciono que le hizo la jubilación, quizás si puede decir que regularizó su situación con la moratoria, y que la asesoró...
 #388343  por andrea1982
 
Y si no un par de negros a la casa de la viejita, y sabés qué... jajaja
 #388919  por estudiocm
 
No se, pero me parece que para eso tendría que estar incluido en el convenio que "la viejita" firmó, porque sino sería como imponerle un profesional a la persona. Es como si yo firmo un convenio de honorarios con un abogado y luego me lo quisiera ejecutar, no se un contador porque trabajó con el abogado. Me parece que en definitiva ese sería un conflicto entre profesionales. Pero para que resultara sujeto activo con derecho me parece que tendría que figurar en el convenio. Quizás si el abogado hubiese iniciado como apoderado el trámite jubilatorio, pero sin figurar en ningún lado me resulta medio difícil de hacer valer.
Paula
 #388992  por ariel648
 
De todas formas como han dicho en este post cabe hacer el reclamo por honorarios y de hecho que los contadores a nivel de provincial existen leyen que regulan los honorarios del profesional.