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  • PRESCRIPCION DEUDA MUNICIPAL

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 #386918  por lulib3380
 
Soy nueva en la profesion y me presentaron el siguiente caso...mi cliente tiene un terrero en una ciudad de la Pcia de Bs As. Dicho Terreno tiene una deuda municipal por ABL del año 2000 (De acuerdo con algunos fallos de la SCJB que encontre, la prescripcion opera a los 5 años. Por lo que la deuda estaria prescripta.
El tema es que mi cliente quiere vender el terreno y al pedir el libre deuda municipal, salta esta deuda.
Como se hace en estos casos para oponer la prescripcion si no hay un juicio que reclame la deuda?
Se me ocurrio que puedo mandarle a la Municipalidad una CD, intimando a que den por prescripta la deuda... se puede hacer eso? y sino,... como lo harian?
GRACIAS
 #386941  por sole10
 
lulib3380 escribió:Soy nueva en la profesion y me presentaron el siguiente caso...mi cliente tiene un terrero en una ciudad de la Pcia de Bs As. Dicho Terreno tiene una deuda municipal por ABL del año 2000 (De acuerdo con algunos fallos de la SCJB que encontre, la prescripcion opera a los 5 años. Por lo que la deuda estaria prescripta.
El tema es que mi cliente quiere vender el terreno y al pedir el libre deuda municipal, salta esta deuda.
Como se hace en estos casos para oponer la prescripcion si no hay un juicio que reclame la deuda?
Se me ocurrio que puedo mandarle a la Municipalidad una CD, intimando a que den por prescripta la deuda... se puede hacer eso? y sino,... como lo harian?
GRACIAS
Yo,en una oportunidad lo resolví así:Tenes que presentar una nota en el municipio que corresponda (junto al estado de deuda que emite la municipalidad)solicitando la prescripción de cada una de las cuotas adeudadas (por ej.,enumerar cuota 01 año 2000 y así sucesivamente).Tene en cuenta que la prescripción opera el 31 de diciembre de cada año,si hay alguna cuota adeudada del año 2004,éstas todavia no prescribieron.
Una vez presentada,un abogado de la municipalidad citará a tu cliente solicitando que lleve la escritura (original y copia),su DNI y,en algunos casos,libreta o acta de matrimonio (si es casado)y emitirá un documento donde se resuelve la prescripción de la deuda.
 #387234  por JUAN ZABARA
 
tal cual lo que dice sole. Agrego este tramite puede atrdarte un año o mas. LA PRESCRIPCION PARA QUE LA PUEDAS OPONER DEBERAS TENER ENFRENTE UNA DEMANDA DE APREMIOS. SINO SOLO CABE GESTIONARLA ADMINISTRATIVAMENTE. ABRAZO