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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #385352  por tourv
 
Hola les comento q ademas de hacer muy poco q ejerzo, no hago laboral igual tengo una consulta para hacerles. Un sr q es empleado de la construccion fue despedido luego de un accidente laboral. La obra social le puso limite a la cobertura q tenia antes de que el medico le diera el alta y la empresa para la q trabajaba lo despidio aclarando q nada tenia q ver el accidente ocurrido con la enfermedad q tenia. Que se hace en estos casos???
El sr. tiene 59 años y ahora desempelado puede tramitar pension por discapacidad? Seguro por desempleo? Me orientan sobre los pasos a seguir?
Gracias desde ya lo q me puedan aclarar me sera de mucha ayuda
 #385366  por tourv
 
Quiero dar mas detalles de lo q comente anteriormente. El 29 de mayo le envian una carta doc por la q le notifican q queda despedido y le dicen q a efectos de percibir la incapacidad laboral temporaria q pudiera corresponder debera presentarse ante la empresa. Luego el 1 de junio la empresa le envia otra CD dejando sin efecto el despido y ordenandole se presente de inmediato en su lugar de trabajo.
El 17 de junio la empresa le envia otra CD donde le dicen q como consec del accidente de trabajo ocurrido el 19 de mayo dejan aclarado q la empresa carece de responsabilidad sobre patologia q sufre debiendose resolver a traves de la obra social y q en caso de divergencia debera presentarse ante la comision medica dentro de los 2 años.
Finalmente antes de q el medico le diera el alta, la obra social ya no lo reconoce y la empresa el 23 de junio le confecciona el parte de egreso.
Me ayudan ´para analizar esto?