Buen día, mi cliente es viajante de comercio en relación de dependencia (exclusiva).
Además de tomar pedidos mi cliente realiza gestión de cobranzas.
Según la ley de viajante debería cobrar comisiones por notas de pedido, cosa que no está sucediendo y además el empleador no informa el porcentaje a utilizar para el cálculo de las mismas, en éste caso que mi cliente quiere reclamar judicialmente el pago de las comisiones, cual es el porcentaje de comisión a reclamar cuando no es establecido previamente por el empleador? El empleador dice que pagará comisiones cuando mi cliente venda una cantidad determinada de pesos de acuerdo a un cumplimiento de un monto fijo preestablecido pero no en porcentaje determinado.
Tengo entendido por la ley del viajante que al realizar gestión de cobranzas también le corresponde una comisión, si ésta no está establecida cual es el porcentaje que hay que usar para realizar el reclamo.
Aclaro que no es de conocimiento de mi cliente el porcentaje de comisión que poseía la persona que ocupaba su puesto a la cual reemplazó ya que debería ser el mismo que cobraba su antecesor.
Puede mi cliente considerarse despedido ante la falta de pago de comsiones por pedidos y cobranzas teniendo el sueldo básico al día?
Por las dudas aclaro que nunca le dijeron a mi cliente que las comisiones serían deducibles del básico convenido(nunca sufrió descuento alguno)
Mi cliente se encuentra fuera de convenio (comercio)
Espero sus comentarios.
Muchas Gracias
Además de tomar pedidos mi cliente realiza gestión de cobranzas.
Según la ley de viajante debería cobrar comisiones por notas de pedido, cosa que no está sucediendo y además el empleador no informa el porcentaje a utilizar para el cálculo de las mismas, en éste caso que mi cliente quiere reclamar judicialmente el pago de las comisiones, cual es el porcentaje de comisión a reclamar cuando no es establecido previamente por el empleador? El empleador dice que pagará comisiones cuando mi cliente venda una cantidad determinada de pesos de acuerdo a un cumplimiento de un monto fijo preestablecido pero no en porcentaje determinado.
Tengo entendido por la ley del viajante que al realizar gestión de cobranzas también le corresponde una comisión, si ésta no está establecida cual es el porcentaje que hay que usar para realizar el reclamo.
Aclaro que no es de conocimiento de mi cliente el porcentaje de comisión que poseía la persona que ocupaba su puesto a la cual reemplazó ya que debería ser el mismo que cobraba su antecesor.
Puede mi cliente considerarse despedido ante la falta de pago de comsiones por pedidos y cobranzas teniendo el sueldo básico al día?
Por las dudas aclaro que nunca le dijeron a mi cliente que las comisiones serían deducibles del básico convenido(nunca sufrió descuento alguno)
Mi cliente se encuentra fuera de convenio (comercio)
Espero sus comentarios.
Muchas Gracias