Hola!! Les escribo por lo siguiente: debo iniciar ejecucion de honorario de un martillero. Si bien la idea es tramitarla por incidente el juzgado me pide que la inicie por receptoria y pida radicaciòn. La cosa es: debo denunciar y notificar al domicilio real de las partes o esta vigente el domicilio constituido en los autos principales??
Tenes que notificar al dlio. real y el debe contituir domicilio cuando se presente. El inc. debes iniciarlo por receptoría y solicitar la radicación en el mismo juzgado en el que tramita el principal.
Saludos cordiales.
