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  • CONTRATO DE LOCACION: REVISION CLAUSULAS

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 #374699  por Ache29
 
Hola, les escribo por lo siguiente: estamos resolviendo diversas cuestiones atinentes a un contrato de locaciòn -me ha consultado la inquilina-, la realidad es que tenemos mas problemas con la inmobiliaria que con el locador en si, pero en fin: entre las cuestiones discutibles del contrato, esta la relativa a el destino del inmueble locado. A la cláusula de estilo, por la cual se lo destina a vivienda, la inmobiliaria agrego que esta prohida la realizaciòn de reuniones "religiosas o politicas" .
No es que tengamos ganas de discutir cada clausula del contrato, pero a la hora de sopesar ciertas cuestiones, me parece interesante reveerlo en su totalidad (ya que estamos al borde de la instancia judicial). Ustedes que piensan? Es admisible esta clausula? No es demasiado? Sobre todo teniendo en cuenta que mi clienta es cubana, mirando el contrato hay hasta un dejo de "discriminaciòn" con ciertas expresiones y no deberiamos dejar de lado que hay normas de orden pùblico que limitan la autonomia de la voluntad en estos contratos...
En fin... espero su respuesta, me parece que esta clausula no es valida (mas alla del modelo que usan las inmobiliarias). Ustedes que piensan?
 #374969  por enzo fernando costa
 
Partamos de la base de que la locación de inmuebles urbanos pasó por tres etapas históricas:
1) dictadura del inquilino (1945-1965)
2) período de crisis en la oferta (1965-1976)
3) dictadura de los propietarios y las inmobiliarias (1976- )
Como el tema es sumamente álgido, los legisladores se hacen los desentendidos, y siguen con ese pasticcio que es la ley 23.091. Nadie quiere merterse con la clase media, que se supone es propietaria e invierte en ladrillos.
Pero la realidad va sumergiendo cada vez más a esa clase media en la muchedumbre de los locatarios, así que alguna vez van a tener que sacar su cabeza de avestruz del suelo, y mirar lo que pasa, y junar cómo afrontaron el problema los países gobernados en serio.
Pero yendo a tu concreto planteo, no parece que esa cláusula tenga trascendencia; se trata de evitar que la tranquilidad del edificio se vea perturbada por santones convulsivos, o gritones políticos enardecidos. Parece lógico. A mí se me hace que el fastidio de tu cliente pasa por otros niveles: quizá por la percepción de que aquí la locación da lugar a contratos frecuentemente surrealistas, con cláusulas punitorias que parecen pergeñadas por agentes inmobiliarios en elevado estado de etilismo social.
 #375035  por nativa09
 
creo que nos encontramos ante una claúsula abusiva, porque se vulnera la libertad de cultos y de ideologías políticas. Siempre y cuando el inmueble no se vea afectado por dichas reuniones, es decir destrozos en el mismo. Porqeu limitar que cada cual exprese sus ideologías. Es absurda esa claúsula.
Bueno es mi humilde opinión.

Saludos
 #384295  por Ache29
 
gracias por sus respuestas. Evidentemente el planteo es mas teorico que practico, pero la suma de discusiones constantes, planteos intrascendentes y el "telefono descompuesto" de las inmobiliarias dan un resultado complicado. Veremos que pasa, ya les contare... Me pregunto hasta donde los inquilinos deben soportar por necesidad y las inmobiliarias dirigir la cuestiòn a su manera, sin demasiados miramientos... en fin...
 #384319  por inviguiatti
 
todo tiene sus matices. Yo no veo que esa clausula (en su justa interpretacion y redaccion) sea un capricho. Me parece que la bronca con la inmobiliaria viene por otro lado. No pierdan el tiempo es esas nimiedades, si la inquilina no va a poner una unidad basica de fidel, ni va ser algun templo umbanda, que drama se hace? o la locadora le va a pedir el desalojo porque se junten cuatro amigotas a hablar del chico ianki guapo iamado Obama? :lol:
En cuanto a los abuso que sufren los inquilinos, si bien es cierto tampoco son mayormente santos (especialmente una vez que estan en la tenencia), aunque es cierto que la suelen tener muy dificil por estos tiempos
saludos a todos