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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #383254  por Mari08
 
BUENAS TARDES!

NECESITABA SABER A PARTIR DE QUE MES DEL AÑO 2000 PUEDO COMPRAR LOS APORTES COMO SDM^? Y ME PASAN LA RESOLUCION QUE DICE ESTO...

GRACIAS!!

MARINA.-
 #383259  por GCS
 
HOLA PODES COMPRAR DESDE EL MES 04/2000 EN ADELANTE. SUERTE
 #383263  por TANGO2009
 
Hola mariana comienza a correr a partir del mes de abril del 2000, seguramente ya te pasaran la resolucion, saludos!!!!
 #383786  por varelamariac
 
hugo2 escribió:Ley 25239
Hola te queria hacer una pregunta tengo un señor que se fue a vivir a España en el 200 y cobra jubi allá con aportes llevados de acá , ahora está viviendo acá , puede hacer la jubi, acá tiene en total 20 años , puedo hacer moratoria y tomarle beneficios.
LLego perfecto con los 30 años antes del 200 que es cuando se fué!!!!
 #384246  por mmmm
 
averigua bien, porque si para la jubilacion española utilizo los 20 años de aportes argentinos, en algun lado va a saltar, no podes utilizar los mismos aportes para dos beneficios distintos
 #384332  por hugo2
 
mmmm escribió:averigua bien, porque si para la jubilacion española utilizo los 20 años de aportes argentinos, en algun lado va a saltar, no podes utilizar los mismos aportes para dos beneficios distintos
Si alguien me puede indicar donde esta el impedimento que me lo diga por favor.
 #384418  por mmmm
 
No se cual es le legislacion aplicable, pero se que existe, además por lógica, no te parece que si se trasladan los aportes a otra caja ovbiamente no se van a poder utilizar nuevamente para otro beneficio? (1+1=2 no 3) seguramente este señor debe haber hecho un reconocimiento de servicios para llevar a España, debe estar en sistema