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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #382147  por Franco 22
 
Me denegaron una pension;

LaSra se jubilo en el año 2007 por moratoria osea despues de la resolucion 880 ( o algo asi) el señor muere en el año 2008, estaba incripto en autonomo y le hice la pension por moratoria. Me dicen que una de las dos tiene que ser de contado. Es realmente esto?? lei las ecepciones y no encontre este caso especificamente.... Voy a presentar un recurso a la carss pero necesito argumentos porfi me ayudannnnn¡¡¡¡¡¡¡
 #382150  por andrea37
 
Hola, leíste la resolución? si dice que la denegaron por tener dos beneficios con moratoria está mal. Nada impide que la sra jubilada tenga su pensión si es que cumple con los requisitos de regularidad. Y nada tiene que ver con la 884 o las excepciones de la circular 34 que establece las excepciones.
 #382154  por andrea37
 
Perdón, si tiene que que ver la circular 34/08 porque en la 70/06 habla sobre las pensiones y exceptúa a los fallecidos con anterioridad a la vigencia de la 884. Pero en la 34/08 especifica los casos.
 #382176  por EDUARDO SUAREZ
 
Franco 22 escribió:Me denegaron una pension;

LaSra se jubilo en el año 2007 por moratoria osea despues de la resolucion 880 ( o algo asi) el señor muere en el año 2008, estaba incripto en autonomo y le hice la pension por moratoria. Me dicen que una de las dos tiene que ser de contado. Es realmente esto?? lei las ecepciones y no encontre este caso especificamente.... Voy a presentar un recurso a la carss pero necesito argumentos porfi me ayudannnnn¡¡¡¡¡¡¡
La pensión la hiciste de 15 o 30 años?
Si es de 15, no me aceptaron el inicio en cuotas. Donde está escrito, no lo se.
 #382800  por Franco 22
 
No chicos comore los 30 años de la pension por moratoria, el causante estaba incripto en autonomo y me la deniegan por eso, porque dice que si fallecio despues del 10/2006 Y LA SOLICITANTE TENIA UN PLAN COM MORATORIA DESPUES DE ESA FECHA, NO PUEDE TENER 2 MORATORIA.

Voy a leer las resolucines que nombras Uds. donde especifican los casos,,, graciassss
 #382835  por EDUARDO SUAREZ
 
Estuve releyendo la Circular 34/08 y creo que está bien denegada. Fijate que si falleció después del 10/06, no pueden haber dos moratorias. En el caso que expuse de los 15 años, la mujer había fallecido antes de esa fecha.
 #382840  por MARIMO1
 
Hola:

Les cuento que desde hace tiempo este tema me tiene muy ocupada ya que no me cierra muy bien.
El tema estarìa en las pensiones directas, ya que la 70 en su inciso J estarìa haciendo referencia ùnicamente a las pensiones derivadas y que de hecho tengo algunas con tràmites aprobados y cobrando a la actualidad.

La situaciòn de las pensiones directas para jubilados antes de la apariciòn de la 884 y con causantes fallecidos despuès de ella, no estaría dentro de las excepciones que menciona la 34.

En este caso del autònomo y a pesar de su inscripciòn, pienso a mi pesar, de que no corresponderìa .

Como para mencionar, distinto era el caso por ejm. del autònomo fallecido en vigencia de la 18038 cuyo requerimiento antes de la previ 11-37 era pagar de contado el año o el ultimo mes antes del fallecimiento.

saludos
 #382879  por DoctorCuervo
 
A mi humilde entender, esta bien denegada, ya que la pension directa con causante fallecido con posterioridad a Octubre de 2006 (tal el caso planteado), debe cancelar la totalidad de la deuda si el/la solicitante ya tiene un beneficio.
Fundamentos ante la CARSS??? En tu lugar, yo le buscaria la vuelta por la nueva Resolucion de la CARSS 24156/09, que si bien la lei muy por arribita y no la analice detenidamente, en tu caso con mayor dificultad podria abonar la deuda total del causante cuando ya percibe un beneficio con descuento de una moratoria. Bah, me parece a mi, espera otras opiniones y mientras tanto, empeza a buscarle la vuelta por ahi.
 #383261  por andrea37
 
Franco 22 escribió:Andrea; vos crees que esta bien denegada????

Necesito opiniones...... gracias
Hola, yo pienso que está absolutamente mal denegada. La restricción de la 884 es para los casos de los pensionados que solicitan jubilación. No para los jubilados que solicitan pensión. Este año se jubiló una sra con moratoria y luego le hice la pensión también con moratoria. Fallecido después de la 884 y jubilada también luego de la 884.
 #383499  por MARIMO1
 
hola Andrea 37:

Muy oportuna y bienvenida tu acotación, porque nos estaria dando el hilo por donde seguir.
Si pudieras explicarnos un poco màs sobre tu caso , nos ayudarìas a solucionar estos problemas.
Muchas gracias

Maria
 #383889  por DoctorCuervo
 
EDUARDO SUAREZ escribió:La resolución 24156 se refiere a las pensionadas que solicitan su jubilación con moratoria en cuotas.
Exacto, eso entendi cuando la lei por arribita, pero yo le hice mencion a que le busque la vuelta por esa Resolucion a los fines de trazar una analogia de situaciones, a saber:
Resolucion 24156: Permite acceder al beneficio Jubilatorio pagando la Moratoria en cuotas a quienes ya tienen una Pension otorgada.
Caso Planteado: Que le busque la vuelta para que pueda acceder al beneficio de Pension abonando la Moratoria en cuotas a quien ya tiene una Jubilacion otorgada (aun con Moratoria, lo cual percibe menos mensualmente que el beneficio que se esta percibiendo en el caso aceptado mediante esa Resolucion).
Se entiende a lo que quiero hacer referencia??? Espero que si.
andrea37 escribió:Hola, yo pienso que está absolutamente mal denegada. La restricción de la 884 es para los casos de los pensionados que solicitan jubilación. No para los jubilados que solicitan pensión. Este año se jubiló una sra con moratoria y luego le hice la pensión también con moratoria. Fallecido después de la 884 y jubilada también luego de la 884.
Te consulto, tu caso aprobado y que a la fecha estan cobrando, con que tipo de Regularidad se obtuvo la Pension??? Tambien comprando los 30 años???