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  • accion de repeticion??

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 #381903  por jovenabogado
 
holas amigoss..Bueno les comento un casito bastante complejo, pues una persona ha salido de garante en un prestamo de $12.000, lo cual le hicieron firmar un pagare en blanco. El problema es obvio, el q sacó el prestamo no pago y por ende el prestamista acciono contra el garante (mi cliente), y este respondio a traves de varios acuerdos entre ellos por la suma de los $12.000 en 12 cuotas, porq el prestamista le habia dicho q si no pagaba esa suma, le iba a cobrar los 12 mil mas sus intereses (total de $24.000). En fin, el que saco el prestamo desapareció literalmente! dejando deudas por todas partes, averiguando por alli se hizo saber que alcanzaba la misma un minimo de $100.000. estafando a varias personas, por otro lado esta persona no registra bienes a su nombre. Ahora mi pregunta es ¿vale la pena accionar en defensa de mi cliente, o seria una perdida de tiempo y gastos?? . GRACIAS.
 #381916  por Adriton
 
Por lo que entiendo, no se pueden librar pagares en garantía.
Asi que tiene tu cliente todas las de perder...por lo que yo opino, puedo equivocarme, ojo. :wink:
 #382515  por jovenabogado
 
como es eso de q no se puede librar pagare?? el pagare fue firmado en blanco por mi cliente, pero el total de la deuda ya lo canceló y el pagare fue devuelto, por otro lado el prestamista y mi cliente redactaron un docuemnto donde consta la cancelacion de la deuda y la forma d pago. Creo q es el unico documento para valerse de forma fehaciente para la accionar la repeticion.
 #382676  por sole10
 
jovenabogado escribió:como es eso de q no se puede librar pagare?? el pagare fue firmado en blanco por mi cliente, pero el total de la deuda ya lo canceló y el pagare fue devuelto, por otro lado el prestamista y mi cliente redactaron un docuemnto donde consta la cancelacion de la deuda y la forma d pago. Creo q es el unico documento para valerse de forma fehaciente para la accionar la repeticion.
El pagaré vale por sí mismo (recordá que es un título valor),no importa el origen del mismo:el que lo tiene lo reclama y hay que pagarlo.
Para accionar por repetición,tu cliente tendría que tener un contrato,algo firmado que dijera que le salía de garante al incumplidor y que éste,respondería eventualmente.
Las firmas de pagaré son muy comunes como garantía de cumplimiento pero no funcionan como garantias en sí (son titulos valores).Lo que tiene firmado tu cliente con el acreedor,sólo prueba que él cumplió como deudor que era,pero no puede reclamarlo a terceros.Sorry!!! :!:
 #383194  por jovenabogado
 
gracias sole por la rta, disculpame q me exprese mal. Al documento lo redacte yo, y ahi especifique de donde surgio la deuda, cuanto era, quienes eran las partes, etc. por eso digo q es el unico doc. para servirme. Pero ese no es el problema. lo q me pregunto es: "en una situacion asi, es posible llegar a cobrarle algo a una persona insolvente como esta?? que ademas de mi cliente q tiene un credito de 12.000$ tambien hay otras personas con creditos mas grandes, y eso sin contar con que la deudora se fue de la provincia y nadie sabe donde esta.