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  • Jubilacion p/expañola 20 años aport en arg y 10 en españa!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #376928  por sandranoemiibanez
 
estimados colegas!
mi clienta se quiere jubilar... cumple los 60 el 31 de Agosto de 2009, es extranjera (española)..
-tiene 25 meses aproximadamente en relacion de dependencia antes del 94,
-desp del 94 tiene 48 meses en relacion de dependencia...
-y 16 años aportados como autonoma....
-fecha de ingreso al pais 12/04/82 y radicacion 10/82
-tiene certificado de años trabajados en españa... aproximadamente 10 (me lo tiene que alcanzar)
-cobra pension derivada por viudez....

Cuales son los pasos a seguir para poder solicitarle un beneficio jubilatorio... sea argentino o mixto por convenio con españa? porque algo lei en la pagina... pero no entiendo mucho.... espero que me expliquen...

que es lo que tengo que hacer...
gracias totales
     #376973  por Anete
     
    Hay convenio con España. Tenés que ver primero la documentación de España, para ver que por lo menos tenga 30 años para que acá cobre.
    Sé que se completan dos formularios de solicitud, uno para Arg, y otro para el otro país.
    Para los formularios y mejor información, andá a Udai Convenios Internacionales, en Chacabuco y Av. Belgrano.
    Que tengas suerte, yo lo que noto es que los expdtes. con convenio demoran.
     #378215  por sandranoemiibanez
     
    Gracias Anete... el tema es que entonces no me conviene solicitar la jubilacion sin aportes... (recorda que tiene 20 años aproximadamente aportados aca... y 10 en España)... sino que tengo que iniciar esta jubilacion por convenio no?

    Tenes idea de cuanto es el haber que estaria cobrando, teniendo en cuenta que tiene 10 años en españa?

    Cuales son los honorarios que se cobran por este trabajo?

    Espero comentarios e ideas....
    De todas maneras nuevamente gracais por tu respuesta!
    Saludos
     #378403  por Anete
     
    En cuanto a los honorarios, yo cobro lo mismo que de costumbre, pero no sé si otros colegas lo hacen distinto.
    El expdte. que yo reingresé ya estaba iniciado por convenio, a la larga cobran más, un poco de un lado y otro de otro. Tengo entendido que en España no son tan altas las jubilaciones, cuando hacés el cambio al valor del euro, no resulta mucho más. De todos modos dependerá del ingreso que tu cliente haya tenido.
    Ahora, en cuanto a rapidez, creo que es más rápido hacerlo sin convenio, y podés averiguar si además con 10 años le dan algún beneficio en España, jub. x edad avanzada por ejemplo, entonces podés sacar las 2 de modo independiente.
    Que tengas suerte, y espero te oriente mi respuesta
     #378586  por inesla
     
    hola, las jubilaciones por convenio, se liquidan por prorrata a tempore, es decir según lo aportado en c/estado y más aún en la actualidad, de igual forma España fija por presupuesto anual el aumento de las prestaciones a fines de c/año, en un todo de acuerdo con el pacto de la moncloa y las leyes de lA SS, sds