ALGUIEN PUEDE DECIRME SI LOSLOTES QUE O TIENEN MEJORAS, ESTAN OBLIGADOS APRESENTAR CEDULA CATASTRAL PARA INSCRIBIR UNA SUCESION. GRACIAS, LILIANA.-
Liliana:
El cumplimiento de la Ley 10.707, de la Provincia de Buenos Aires, en toda la jurisdicción obliga a la constitución del estado parcelario de todos los inmuebles (con algunas excepciones).
No hay distinción si el bien se encuentra en las plantas urbana, suburbana, subrural o rural, o si es baldío, edificado o tiene otro tipo de mejoras.
Un cordial saludo.
Agrim. Bernardo J. Saraví Paz
bjsaravipaz gmail.com
