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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #376159  por Lucasberta
 
Una pregunta:
Como es el tema de la consolidación del sicam, para no errarle con respecto al calculo por exceso de edad.
La duda es por ej:si el beneficiario cumple años el 10/06 y excede 3 meses a esa fecha, pero el mismo día liquido y envio el plan, si se consolida al 01/06 me va a faltar un mes o estoy equivocado?

Gracias como siempre.
 #376742  por marilo
 
Cuando inicias la jub. toman como fecha inicio la del envio del plan, creo que la de consolidacion no aparece. Igual, si tenes 3 meses de excedente no podes tomas 1,5 de art.3, asi que tenes que tomas 1m, creo que igual te va a dar.
 #376747  por Lucasberta
 
Lo importante entonces es la fecha del envio del plan, el calculo que hice hasta ese momento es lo que se toma en cuenta para llegrar a los 30 años de aportes con servicios.?
 #376757  por marilo
 
Disculpame que opine, pero es tan gravoso que te sobren unos dias? Igual segun como sea el iniciador que te toque, una vez me paso por pagar justito los smd, me faltaban un par de dias y en lugar de poner fecha del plan le corrieron un poquito para que de bien, o le ponen la fecha del turno. Recorda que el calculo de la deuda debe ser del mismo mes que envias el plan.
 #376760  por Lucasberta
 
Entonces me olvido del tema de la consolidación del sicam y tomo el calculo del día en que envio el mismo.?
 #376793  por almabal
 
El exceso de edad se toma a la fecha de presentación del trámite en la UDAI.