El caso es ejecución de alquileres, y juicio de desalojo aparte, ya se produjo el retiro de la gente que ocupaba la propiedad vencido el contrato de locacion, pasaron unos meses y se pide subasta del inmueble en garantia. Pregunta, en el interin hay que ampliar la demanda por todos los meses que llevó el litigio o eso es automático?
gracias.
NORAESTELA escribió:El caso es ejecución de alquileres, y juicio de desalojo aparte, ya se produjo el retiro de la gente que ocupaba la propiedad vencido el contrato de locacion, pasaron unos meses y se pide subasta del inmueble en garantia. Pregunta, en el interin hay que ampliar la demanda por todos los meses que llevó el litigio o eso es automático?Nora, interpreto que podés ampliar si es el supuesto del art 541 ...gracias.
AMPLIACION POSTERIOR A LA SENTENCIA
Art. 541. - Si durante el juicio, pero con posterioridad a la sentencia, vencieren nuevos plazos o cuotas de la obligación en cuya virtud se procede, la ejecución podrá ser ampliada pidiéndose que el deudor exhiba dentro de quinto día los recibos correspondientes o documentos que acrediten la extinción de la obligación, bajo apercibimiento de hacerse extensiva la sentencia a los nuevos plazos y cuotas vencidos. Si el deudor no exhibiere recibos o documentos que fuesen reconocidos por el ejecutante, o no se comprobase sumariamente su autenticidad, se hará efectivo el apercibimiento sin recurso alguno.
En cada caso de ampliación deberá cumplirse con la intimación de pago.
Lo dispuesto en este artículo y en el anterior regirá también en las ejecuciones por cobro de alquileres y expensas comunes.
La facultad que otorga este artículo no podrá ser ejercida una vez terminada la tramitación del juicio.

