Hola Foristas:
Mi clienta tiene un Expte. Invalidez Denegado en el año 1984.
En Dicho Expte. tiene Liquidación de deuda por el período autónomo 04/1981 al 10/1983. El cuál está cancelado. Tiene Inscripción Autónoma 04/1981.
Hoy la Señora tiene 60 años y quiere jubilarse. Nacida en 01/1949.
Debe reunir 27 años con aportes y 3 años por declaración jurada.
Mi duda es como realizar el SICAM. Hice lo siguiente:
- cobré .......................................11/1983 a 09/1993
- apliqué Art. Ley 24476 ..................06/1977 a 05/1980
- amplié períodos en la moratoria.........02/1967 a 03/1981
- por lo años que me faltan comprará con SDM
Mi duda radica en que como tiene Expte CREO debería hacer una Liquidación de Deuda PARCIAL por el período 11/1983 a 09/1993. Pero si hago
la deuda PARCIAL no puedo aplicar la Declaración Jurada en el período 06/1977 a 05/1980.
¿O puedo hacer el SICAM como lo planteé?
¿Qué opinan Uds?
Agradeceré me ayuden. Quiero hacerlo bien, ya que la Sra. es viuda y cancelará de contado toda la deuda de la moratoria.
Gracias por vuestra opinión. NICOLETTA
Mi clienta tiene un Expte. Invalidez Denegado en el año 1984.
En Dicho Expte. tiene Liquidación de deuda por el período autónomo 04/1981 al 10/1983. El cuál está cancelado. Tiene Inscripción Autónoma 04/1981.
Hoy la Señora tiene 60 años y quiere jubilarse. Nacida en 01/1949.
Debe reunir 27 años con aportes y 3 años por declaración jurada.
Mi duda es como realizar el SICAM. Hice lo siguiente:
- cobré .......................................11/1983 a 09/1993
- apliqué Art. Ley 24476 ..................06/1977 a 05/1980
- amplié períodos en la moratoria.........02/1967 a 03/1981
- por lo años que me faltan comprará con SDM
Mi duda radica en que como tiene Expte CREO debería hacer una Liquidación de Deuda PARCIAL por el período 11/1983 a 09/1993. Pero si hago
la deuda PARCIAL no puedo aplicar la Declaración Jurada en el período 06/1977 a 05/1980.
¿O puedo hacer el SICAM como lo planteé?
¿Qué opinan Uds?
Agradeceré me ayuden. Quiero hacerlo bien, ya que la Sra. es viuda y cancelará de contado toda la deuda de la moratoria.
Gracias por vuestra opinión. NICOLETTA
