Hola que tal foristas, tengo el caso de una jubi que quiero iniciar pero tengo algunas dudas del sicam.
Este SR. tiene incripcion en autonomos desde el año 73 con baja de oficio en 02/2007, con pocos pagos (9) en forma esporadica.
Reviso el Sicam y me aprarece desde 03/1973 a 05/1999 como períodos prescriptos, y como períodos no prescriptos desde 06/1999 a 02/2007.
Ahora yo lo que no sé, es si los pago que se hicieron lo puedo computar como aportes, a mi parecer no, pues estan prescriptos....
Otra cuestion es el cese, por aquello de la ddjj. Puedo yo tomar al año 1989 (año en que compre el ultimo periodo por SICAM), o tendré que respetar el año 2007, a pesar de haber aplicado art. 1 ley 25321 a los periodos que me aparecen como no prescriptos (06/99 a 02/07)??????????????????
Bue lo voy a iniciar en UDAI Liniers, dato que comento por si sirve.
Desde ya les doy las gracias, porque siempre encuentro respuestas a todas mis dudas.
Marianela.
Este SR. tiene incripcion en autonomos desde el año 73 con baja de oficio en 02/2007, con pocos pagos (9) en forma esporadica.
Reviso el Sicam y me aprarece desde 03/1973 a 05/1999 como períodos prescriptos, y como períodos no prescriptos desde 06/1999 a 02/2007.
Ahora yo lo que no sé, es si los pago que se hicieron lo puedo computar como aportes, a mi parecer no, pues estan prescriptos....
Otra cuestion es el cese, por aquello de la ddjj. Puedo yo tomar al año 1989 (año en que compre el ultimo periodo por SICAM), o tendré que respetar el año 2007, a pesar de haber aplicado art. 1 ley 25321 a los periodos que me aparecen como no prescriptos (06/99 a 02/07)??????????????????
Bue lo voy a iniciar en UDAI Liniers, dato que comento por si sirve.
Desde ya les doy las gracias, porque siempre encuentro respuestas a todas mis dudas.
Marianela.
