alguien sabe los alcanses de la carta poder otorgada ante anses por el cliente a los abogados??' puedo firmar yo las solicitudes y los libros en el inicio de un beneficio previsional??'
Mira creo depende de cada lugar por lo que veo en el foro. Hoy presente una y firme todo yo por ejemplo, pero he visto casos en que deben firmar los clientes a pesar de tener el poder.-
gracias ,cristina. me ha pasado como a vos pero pienso que la carta poder nos habilita para firmar por cuanto somos mandatarios y ese es un acto puramente de caracter administrativo y no de disposicion por cuanto se coloca en las solicitudes nombre y documento del futuro titular del beneficio. no se si estare equivocada pero sucede que en la udai donde no me recibieron siempre salen con algo nuevo .que pensas de mi planteo sera asi????
la verdad yo no termino de entender el alcance de la carta poder, ya que los formularios de solicitud de prestaciones, la aceptación de cuotas y los anexos o declaraciones juradas las tiene que firmar el titular...lo único que he podido firmar siempre son los 558, el libro, el formulario de ingreso de la udai, y no recuerdo que otro más...saludos.
La firma de la solicitud, tambien tiene que estar certificada??
Puedo hacer certificar la firma del formulario de solicitud y despues iniciar el tramite?? Osea, el cliente va a Anses, firma solicitud y dni, le certifican la firma y me da todo para iniciar. Aclaro que ya tengo Carta Poder.