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 #374875  por ely
 
Hola: les planteo el siguiente tema a ver que opinan. Me llego una clienta que en un juicio ejecutivo, practico liquidacion y realizo el deposito, pero no dio en pago tenienjdo en cuenta que el actor habia cedido el credito y los nuevos titulares del mismo no tenian acreditada la personeria. Ahora bien. Acreditan personeria y practican liquidacion por el total de la deuda. TEniendo en cuenta que desde el deposito paso ya un año, con la tasa activa se me va a la nubes. Para impugnar a liquidacion practicada manifeste que se debe actualizar la deuda desde que fuimos notificados de la cesion del crédito, porque si bien manifestaron que el credito fue cedido no lo habian acreditado. Alguien tiene algo de jurjisprudencia o tuvo un caso similar, quiero algo para fundamentar mi impugnacion. Gracias