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  • Dto 526/1995

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #373209  por RMSERVICIOS
 
Una consulta , ¿el decreto 526/1995 solo lo puedo aplicar en caso de deuda posterior a 1993? , tengo un caso de una pensión directa , el cual tiene alcanzada la regularidad con relación de dependencia, y tiene deuda de autonomos anterior y posterior a 1993 . Solo presento el Sicam 1 ( 558/a/b/c ) sin aplicar ningún tipo de beneficio y que en el incio me apliquen el Dto 526 ó presento el mismo Sicam pero a la deuda anterior a 1993 la doy de baja por prescripción liberatoria LEY 14236 y a la posterior que me apliquen el Dto 526/1995

Desde ya muchas gracias
 #373628  por ISIS
 
En periodos prescriptos (hasta el 99) podes aplicar la de prescripcion...si no son periodos prescriptos solicitas aplicacion del Dto.,526
 #374122  por marilo
 
Disculpen, soy nueva en esto, cómo se aplica el Dto.526/95? En qué casos mas o menos ya entendí.Gracias!
 #374137  por RMSERVICIOS
 
Marilo:

Tenes que presentar el sicam con la deuda, y en el momento del inicio solicitas la aplicación del Decreto 526
 #374140  por marilo
 
ok, muchas gracias!!!!