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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #369496  por estudiojuridicoGA
 
Hola a todos les pregunto a mis colegas sobre una persona de 30 años que tiene diabetes I por lo cual ha perdido casi por completo la visión de ambos ojos, tiene certificado de discapacidad desde hace ya unos años y no ha aportado porque nunca laboro. Es posible iniciar alguna pension por invalidez o similar?? Desde ya muchas gracias. Saludos a mis colegas
 #369672  por tricoloryricotera
 
si,si la discapacidad es superior al 76 % pension no contributiva por discapacidad.se tramita a travez de la comision de pensiones asistenciales que pertenece al ministerio de desarrollo.tiene que tener certificado oficial de comision de pensiones.ademas de este te piden resumen de historia clinica,tratamiento indicado y estudios realizados.el tramite se completa con dni,cuil,declaracion jurada de ingresos y en caso de personas separadas de hecho o en concubinato suelen pedir informacion sumaria.todo se presnta en original y fotocopia. a veces extienden la documentacion a presentar hasta los familiares obligados,recibos de cobro de padres ,conyuges o hijos.de ser fallecidos certificados de defuncion.se tramitan en los CAP.generalmente en provincia hay en cada municipio y en capital es en la calle alsina.
Una vez ingresado haces el seguimiento en la pagina de anses como pension no contributiva.si la seguis de cerca demora de 4 a 8 meses.sino mas.pagan $535 por mes,como retroactivo este mes empezaron a dar un mes.no estoy segura si en este foro se pueden pasar telefonos,no quisiera meter la pata.pero si queres mandame un mail y te paso informacion mas presisa.pero mira que en los cap generalmente hay unos tremendos carteles que dicen que no se nececita gestor ni abogado.y si la persona dice que tiene un abogado le dicen que si tiene para pagar a un profecional no nececita la pension.espero te sirva.saludos
 #370120  por marirene
 
Ahora la persona es joven, lo primero para salir del paso esta bien entrar por pensiones asistenciales. Cobra actualmente 540$.
Pero cuando tenga 45 años si tiene vision casi nula puede pedir jubilacion por ley 20.888, que si lees la ley vas a ver que en caso de ceguera puede obtener su jubilacion ordinaria a los 45 años de edad sin aportes.
Fijate el Y/O.
 #370844  por estudiojuridicoGA
 
Gracias a tricoloryricotera y marirene por sus comentarios. La asistencial estaba armando la carpeta con la documentación necesaria pero como el problema de salud es de pequeña y no se genero estando trabajando queria saber si habia algo similar a la de invalidez por Anses. Es hermana de un amigo mio y si bien no me dedico necesariamente a estos temas me pidio ayuda en esto por lo cual queria darle una mano. O sea mis opciones hoy son solo la de Alsina y luego con los años probar la opcion de la ley que me dijo Marirene. Desp les cuento como me fue, y a tricoloryricotera cualq cosa te aviso por mensaje, gracias por el tiempo y dedicación.