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 #370210  por Manyapapele
 
estimados fopristas me vino a ver un cliente que obtuvo sentencia favorable en el año 2002!!!
el abogadoactuante travo enbargo. y dejo pasar hasta hoy todo!! sin ejecutar!!!
vi el expediente el ultimo proveido del año 2009 es :


Hágase saber al peticionante que no corresponde la
inscripción del embargo, cuando el mismo se encuentra vencido por haber
transcurrido más de cinco años.

mi consultante le revoca mandato a este abogado q dejo dormir la causa.... años......!!!
del 2002 al 2009!!!!!
consultas
se puede pedir se inscriba el embargo nuevamente??
que hace mi cliente??
pierde su indemnizacion??
se puede iniciar mala praxis al abogado por dejar dormir el expediente 7 años???
el abogado habra echo contuvernio con la demandada???
ya no se q ue pensar..... :oops:
urge su orientacion por favor!!!!
 #370404  por drclaudio22
 
Si hay sentencia firme pedi reinscripción de embargo, o inicia ejecucíon de sentencia y ahí pedí un nuevo embargo, saludos
 #370418  por MORGAN
 
No te lo toman como una reinscripción sino como un nuevo embargo, ahora, desde la caducidad de la medida hasta la nueva inscripción el obligado pudo haberse desprendido del bien y sonaste, por ahi trabás una medida a un tercero y metés la pata. Pedi urgente la inscripción y una vez anotada con tiempo averiguás si sigue a nombre del mismo o no.
 #370507  por drclaudio22
 
eso si fuera un bien determinado, pero si es para el caso de una cuenta bancaria creo que podes lo mas bien. el tema es qué otras cautelares podés hacer para cobrar, hay varios métodos. Lo más importante es que tenés sentencia firme, y con eso una vez que inicias ejecución de honorarios, y según el accionado, podes por ejemplo embargar recaudación, entre otras. Un saludo
 #370695  por Manyapapele
 
lo que no entiendo ni me queda claro es por que el abogado anterior dejo pasar tiempo hasta la caducidad del embargo
alguien queopinan???
y ahora encima suponete le embargo ejecuto y cobro la indemnizacion..yo..
el anterior abogado tienen derecho a cobrar su convenio de cuota litis como si nada??
gracias.-
 #370708  por drclaudio22
 
y bueno, eso es cuestión del abogado anterior, pudo tener sus reservas o quizás tu cliente no te esta contando todo. Hay que pensar dos veces antes de meterse en contra de otro profesional. Lo que si creo es que el abogado va a querer cobrar sus honorarios, y tiene su derecho. Por eso habla bien con tu cliente y explicale como viene la mano en el tema de honorarios. Saludos
 #370948  por Manyapapele
 
MORGAN escribió:No te lo toman como una reinscripción sino como un nuevo embargo, ahora, desde la caducidad de la medida hasta la nueva inscripción el obligado pudo haberse desprendido del bien y sonaste, por ahi trabás una medida a un tercero y metés la pata. Pedi urgente la inscripción y una vez anotada con tiempo averiguás si sigue a nombre del mismo o no.
que pasa si es un condomino con 1/4 de la titularidad del inmueble(como es este caso) (es na declaratoria de varios herederos)
se puede ejecutar igual? alguien compra suponte 1/4 de un departamento?
que hace para cobrar?????
gracias.-
 #371036  por DAL
 
Ahhhh bueno de repente no era tan animal el otro abogado, no tenia un inmueble embargado sino un porcion indivisa. Ya no parece tan facil, no??
 #372077  por Manyapapele
 
DAL escribió:Ahhhh bueno de repente no era tan animal el otro abogado, no tenia un inmueble embargado sino un porcion indivisa. Ya no parece tan facil, no??
ok no es tan facil... nunca dije que el abogado fuera un animal.... :roll:
que opcion tiene el cliente segun tu saber y experiencia?
gracias.-
:mrgreen: