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  • JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #370264  por Romina27
 
Estimados Colegas!!!
Queria consultarles porque es mi primera jubilación por incapacidad, y queria saber si me pueden asesorar con los pasos a seguir,
Hombre de 58 años
Insuficiencia cardiaca de mas del 66%
No estaba trabajando
Años de aportes 25 aproximd, pero el incoveniente esta en que ninguno dentro de los ultimos años, por lo tanto no tiene ninguna de las regularidades que exige Anses para tramitar la jubilación por incapacidad.
Mi pregunta esta en si se puede subsanar de alguna manera y acceder a la regularidad? , estuve leyendo los post relacionados y vi que se pueden hacer 2 cosas:
1) sacar el monotributo de ahora en adelante pagar por 18 meses y luego empezar a tramitar la jubilación.
2) o comprar los años por SDM( en este caso seria 2008 y 2009- 18 meses anteriores-), esto se puede hacer?, alguien obtuvo resultado positivo, porque vi que es una de las opciones, pero algunos colegas no lo recomienda.
La verdad no quiero meter la pata, y este señor necesita urgente una entrada de dinero, porque sus medicación es muy cara, y no puede realizar ningún tipo de trabajo.
Que me aconsejan? Hay alguna otra opción posible? :?:
Desde ya agradezco su tiempo
Buen fin de semana!
Saludos Romina
 #370313  por claunoe
 
Si tiene 25 años de aporte fijate cuantos le podes dar de DDJJ
Se puede pagar los 18 meses juntos c/u de $55 pero es un riesgo todo depende de lo q ellos te digan, yo lo hice pero todavia no tenemos respuesta si lo aceptaron Mi pensamiento es , que no es lo mismo pagar 18 meses , mas la incap
A pagar mas la incap mas , en tu caso 25 años de aporte yo pienso q si analizo eso tendria en cuenta q fue una pers q trabajo y ahora no y esta pagando para obtener una reg, en fin, fijate porque algunos pagos son de $72 segun los periodos
Y sino lo mejor como dicen otros colegas es pagar mes a mes durante 18 meses en tiempo y forma lo mas economico seria empleada dom
SUERTE
 #370373  por valeriacba
 
Hola, respecto de tu consulta podes comprar con SDM, o podes ver si con moratoria le podes comprar (algo pero siempre antes del 09/1993), o si por DDJJ le podes declarar algo tambien, y si no , también se puede analizar el tema del princiipio de proporcionalidad que hay antecedentes de resoluciones de la CARSS (despues te paso el nro) que si bien es se aplicó en pensiones hasta donde yo se, se podría aplicar en RTI ya que en ambos casos la regularidad se rige por las mismas normas....