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 #369379  por yaninacaradente
 
Estoy estudiando contratos y me surgió la duda sobre la diferencia de las distintas formas de extinción:
-Por Rescisión
- Por Resolución
- Por revocación
- Por nulidad, prescripción, caducidad
Alguien podría darme una ayudita para poder identificar bien cada uno

Gracias!
 #369574  por chiqui79
 
tene en cuenta que lo que te estoy contestando es en base a lo que recuerdo, asi que puede fallar, cotejalo con los libros:
RESCISION; finalizacion del contrato por voluntad concurrentes de las partes.
RESOLUSION, Voluntad de una de las partes dentro de las facultades legales. (por ejemplo luego de los 6 meses en un contrato de locacion, por parte del locador). Decision unilateral.
REVOCACION: voluntad de una de las partes de finalizar el contrato ante el incumplimiento de una obligacion que le era propia a la otra parte.
NULIDAD: por acto no suscripto en base a las normas legales que lo regulan. Por demencia, error, violencia, intimidacion. Se revoca por sentencia judicial que asi la declara, puede ser acto nulo o anulable.
PRESCRIPCION: Vencimiento del plazo legal para reclamar el cumplimiento de una obligacion.
CADUCIDAD: vencimiento del termino legal para continuar con una causa ya iniciada (caducidad de instancia).
Espero sirva y chequea lo que te dije para estar segura.
 #369712  por yaninacaradente
 
muchisimas gracias me sirvio mucho!!! queria terminar de comprender lo que me decia el libro!!
saludos