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  • cmpre un roddo a un fallido....

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 #367088  por NANCHU
 
Hay sentencia de liquidaciòn forzosa de una compañìa aseguradora del año 1987. Me enteré4 de la liquidación con fecha actual.
Saque informe de dominio històrico de un automotor a nombre de dicha sociedad, en el cual no consta la quiebra como así tampoco de ninguna otra medida judicial, debería saltar en dicho informe esa quiebra?
cómo me entero de que el auto pertenece a un fallido? que otro acto debí haber realizado para alegar buen fe?
Espero me ayuden!
 #367145  por blas
 
Tendrías que dar más datos, a saber: Fecha de declaración de la quiebra, fecha de compra del vehículo y, además como fue que compraste el bien a la sociedad falleda ya que en el registro de la propiedad salta si está en quiebra ya que se solicita la inhibición del deudor fallido.
 #369120  por NANCHU
 
La quiebra es del 17 de octubre de 1987.
El auto se adquirio por boleto e 06 de enero de 2003 y al momento de la adquisición sacó informe de dominio (donde consta que no hay medidas judiciales sobre el mismo) y se verifico policilmente.
O sea omitieron inscribir la inhibición de la sociedad motivada por esa quiebra. Ahora que el derecho personal adquirido es ilegitimo por ser la adquisición posterior a la declaración de quiebra.
Puedo basar mi buena fe en la omisión de la inscripción y en mi informe de dominio + verificación policial?
Nanchu
 #369167  por blas
 
El tema es el siguiente: la declaración de quiebra produce el desapoderamiento de los bienes del fallido, ello implica que el no puede realizar actos de disposición, por lo que la venta que realizó es ineficaz. Por otra parte el síndico, para sacarte el vehículo debe iniciar una acción de ineficacia concursal respecto de esa venta, la cual tramita por vía ordinaria (es decir es muy lento) art. 119 LCQ. y va a tener que probar el perjuicio para los acreedores de la quiebra. La buena fe te sirve para iniciarle un juicio por daños y perjuicios posterior debido a esa venta. El tema es que el estado falencial se presume conocido por todos en virtud de la publicación de edíctos y eso puede ser alegado en tu contra. Yo te diría que por ahora te opongas a la entrega del vehículo hasta tanto exista sentencia firme en el proceso por ineficacia, del cual, por otra parte, te van a tener que notificar, de otra manera no pueden sacarte el vehículo.
Además, una vez concluído el proceso falencial ya no vas a tener más problemas. Saludos.