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  • PUEDO COLACIONAR?

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 #366347  por dalmacio
 
HOLA:
LES CUENTO QUE MI CLIENTE Y SU HERMANO SON ÚNICOS HEREDEROS. PERO RESULTA QUE PRIMERO MURÍO SU PADRE Y NO SE HABRIÓ LA SUCESIÓN CORRESPONDIENTE. LUEGO SU MAMÁ, COMENZÓ A CEDERLE BIENES EN FORMA GRATUITA A SU OTRO HIJO, HERMANO DE MI CLIENTE. LA CUESTIÓN ES QUE LA MADRE MURIÓ HACE MUY POCO. Y AHORA MI CLIENTE TIENE UNA DISMINUCIÓN CONSIDERABLE EN SU PARTE. LES PREGUNTO SI PUEDO COLACIONAR.
DESDE YA MUY AGRADECIDO CON LO QUE PODRIAN APORTAR.
 #366461  por furnari
 
si, tiene que revocar las donaciones por violacion de la legitima y colacionas estos bienes a la herencia.
 #366511  por martinhm77
 
furnari escribió:si, tiene que revocar las donaciones por violacion de la legitima y colacionas estos bienes a la herencia.
Procede la colacion, pero las donaciones no se revocan. No existe en nuestro derecho la colacion en especie, sino en valor.-
Saludos