Estimados colegas:
En provincia de Buenos Aires, llega el expte a la cámara que emite la siguiente providencia: hágase saber a las partes que en lo sucesivo ha de entender en las presentes actuaciones la sala primera de esta excma. cámara. ¿El plazo del art. 254 para expresar agravias corre desde esta notificación o hay otra posterior?
ES MI PRIMERA VEZ EN CÁMARA, POR FAVOR ALGUIEN PUEDE CONTESTARME URGENTE. GRACIAS A TODOS!!
En provincia de Buenos Aires, llega el expte a la cámara que emite la siguiente providencia: hágase saber a las partes que en lo sucesivo ha de entender en las presentes actuaciones la sala primera de esta excma. cámara. ¿El plazo del art. 254 para expresar agravias corre desde esta notificación o hay otra posterior?
ES MI PRIMERA VEZ EN CÁMARA, POR FAVOR ALGUIEN PUEDE CONTESTARME URGENTE. GRACIAS A TODOS!!