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  • Usucapion extraño caso

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 #365162  por mememiramar
 
Hola estimados foristas!! me llego un caso rero al estudio: Mi cliente adquiere un terreno, la vendedora no puede hacer boleto y luego escriturar porque el marido habia fallecido y es un bien ganancial. Mi cliente le da una suma de dinero y le firman una cesion de derechos posesorios la dueña y sus tres hijos, tambien me trae el plano para usucapir e impuestos pagos desde 1967... y tambien tiene la escritura original del terreno!!!Ahora yo que hago??? en realidad hubiese sido mas sensillo entrar en la sucesion pero mi cliente ya gasto dinero en la cesion y en el plano para usucapir!!!!.
Si yo inicio una usucapion, a quien se la voy a notificar??? a la cedente???
Necesito que me iluminen el camino a seguir... ayudaaaaa
Gracias
 #365197  por inmobiliare
 
Realmente no entiendo porque la propia titular hace una cesion. El marido habia vendido?, lo indicado hubiese sido hacer la sucesion de este y luego inscribir la venta o un juicio de escrituracion. En caso de que este ya fallecido su mujer fue la que vende si o si nesecitas sucesion, ahora si ya tenes todo como para una usucapion intentala seria contra quien figura como titular registral.
 #365255  por mememiramar
 
Lo mismo pense yo cuando me traen todo!!! pero ellos me piden hacer la usucapion y dudo en presentar la cesion o no presentarla? y la escritura?? Gracias por la ayuda
 #365699  por mememiramar
 
La escritura esta a nombre del fallecido, casado con la sra.... que es la cedente junto a sus hijos. No he pedido todavia el informe de dominio.
 #365786  por martinhm77
 
Hola mememiramar: veamos, en este caso parece que tenés todas las herramientas para empezar a trabajar ya, sin tener que dedicar buena parte de tu tiempo a hacer cesiones, certificacion de firmas, y renegar con agrimensores que te demoren los planos.
Podrá ser que a tu cliente le firmaron una cesion de derechos posesorios, porque los herederos no podrian (por falta de dinero, quizás) o no querrían quien sabe por que hacer la sucesion del titular registral de inmueble.
Ahora bien, con esa cesión de derechos posesorios, podes iniciar una usucapion mediante accesion de posesiones, es decir sumando la posesión de los cedentes a la de tu cliente... lo unico a tener en cuenta es quien efectivamente tuvo la posesion del terreno antes, es decir, si el causante o sus herederos... pero de última eso podria no ser un problema, considerando que los sucesores suceden no solo en la propiedad, sino tambien en la posesion (art 3418 C.Civ.), por lo tanto cabría interpretar que pueden validamente ceder los derechos posesorios que tenía el causante sin necesidad de hacer la sucesión, esto ojo, es idea mia, esperá otras opiniones.-
Pero supongamos que los cedentes, es decir los anteriores poseesores tuvieron la posesión, entoces la presentás, junto con el plano, impuestos y demas requisitos y adelante con la usucapion. La demanda se notificaría al titular registral, y/o sus herederos (en este caso los cedentes). NO creo que vayas a tener problemas, como se opondrían al progreso de la accion, siendo ellos mismo quienes cedieron???.-
No se si he sido claro, espero haber podido, eso sí, haber contribuido en algo a despejar tus dudas.
Saludos
 #366908  por mememiramar
 
Hola martinhm77!!! gracias por tu consejo, me despejaste bastante mis dudas!!! voy a intentarlo asi, creo que tiene que prosperar. Gracias por la ayuda y por su tiempo!!! Saludos desde Miramar.