Mi consulta surge de que una sra. que es pensionada, inicia los trámite de jubilación a los 65 un abogado le hace el la jubilacion con una moratoria, y la señora comienza a cobrar en nov/2007 y en nov/2008, le suspenden el beneficio por la res. 884/06. El tema es como puedo calcularle lo que debe para que pague de contado y le den de alta al beneficio suspendido.
Espero su respuesta.
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