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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #362724  por pris_123
 
me lo corrigen?
cumple los 18 el 3/66
compro dentro de la moratoria: 26 años y 7 meses
los años que me faltan. los tiene que pagar en efectivo? la verdad no se del tema, gracias
 #363033  por lekri
 
pris_123 escribió:me lo corrigen?
cumple los 18 el 3/66
compro dentro de la moratoria: 26 años y 7 meses
los años que me faltan. los tiene que pagar en efectivo? la verdad no se del tema, gracias
Es así, si cumple los 18 el 18/03/1966, lograría los 30 años el 18/03/1996. Sin embargo la moratoria termina el 30/09/1993, hasta esa fecha puede financiar (en algún sentido) la deuda. El resto tiene que pagarlo todo junto. La circular 57/08 permite abonar los meses faltantes como servicio doméstico, a partir de abril del 2000 vos podés "comprar" esos meses que te faltan, en principio son 30 (desde el 30/09/1993 hasta el 18/03/1996). Ahora, como nació el 18/03/1948, compensa 6 meses por exceso de edad.
Con lo cual le faltarían 24 meses, por cada mes debe abonar la suma de $43. Enotonces, deberá abonar para poder iniciar su trámite $1032 mas la primer cuota de la moratoria que la sacas haciendo el SICAM. A su vez podés aplicar una declaración jurada, ya que el cese sería en el 2003, de 3 años conforme el art. 3 de la ley 24.476.
Espero te sirva la respuesta, cualquier duda preguntá, un saludo.
 #363098  por nito
 
me podria mandar la circular 57/08. si podes. gracias
 #363135  por Willy826
 
Lekri o quien me pueda responder, agradeceré me informes sobre como debo realizar (formulario) el ingreso de los aportes por SDM??? solo ingreso capital??? Estoy haciendo los tramites de mi madre quien nunca realizó aportes. Su fecha de nacimiento es el 27/03/1949, conforme los cálculos que he realizado debo ingresar en el SICAM 281 meses de deuda, 36 meses por art. 3 ley 24476, 1 mes exedente de edad art. 19 y 42 meses que debo completar por SDM. Esta bien el cálculo???
 #363728  por lekri
 
Willy826 escribió:Lekri o quien me pueda responder, agradeceré me informes sobre como debo realizar (formulario) el ingreso de los aportes por SDM??? solo ingreso capital??? Estoy haciendo los tramites de mi madre quien nunca realizó aportes. Su fecha de nacimiento es el 27/03/1949, conforme los cálculos que he realizado debo ingresar en el SICAM 281 meses de deuda, 36 meses por art. 3 ley 24476, 1 mes exedente de edad art. 19 y 42 meses que debo completar por SDM. Esta bien el cálculo???
Willi, si tu mamá nació el 27/3/49 cumplió los 18 el 27/3/67, entonces los 30 años los tendría el 27/3/97. Como vos dijiste tiene que "comprar" como servicio deméstico 42 meses (menos 1 de exceso de edad). La ley de SDM comenzó en abril de 2000, a partir de allí tenés que llenar unas boletas (el modelo se encuentra en la circular 57/08 ANEXO, si me mandás un mail te lo envío). Recién vas a poder aplicar el cese de actividad en el año 2003 (ya que 41 meses son 3 años y 5 meses, comenzando en abril del 2000, terminás en septiembre de 2003), con lo cual tenés 3 (o 36 meses como calculaste) años de declaración jurada conforme el art. 3 de la ley 24.476.
En el SICAM en situación de revista ponés que comenzò a trabajar el 1/4/67 hasta el 30/09/91, actividad Costurera, y en beneficios ponés 2 años de declaración jurada desde el 1/10/91 hasta el 30/9/93 por el Art. 3 de la 24476. Es importante que "en detalle de deuda" no aparezca deuda (valga la redundancia) posterior al 09/93.
En SICAM sólo cargas aquellos períodos en los que "trabajó" como autónomo.

Por otro lado desde abril del 2000 tenés que llenar 41 boletas como SDM.
Tu vieja va a tener que abonar alrededor de $1763, mas la primer cuota de la moratoria (el resto se va descontando del haber).

Tenes que llenar 2 formularios (boletas) que posteriormente las pagás en el banco.
El primero es el F. 102.
El otro es el F. 575.
Mandame un mail a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com y te envío una imagen con los formularios llenos. Un saludo.
 #364080  por marce2009
 
lo que se paga para poder iniciar el tramite es al contado o lo pueden pagar en cuotas porque tengo 3 clientes que deben pagar entree 1500 y 2000 cada uno y me dicen que no tienen el dinero para pagar. tienen alguna solucion. ¿ no se les puede descontar de los haberes a cobrar porque son personas de bajos recursos?
 #364396  por lekri
 
marce2009 escribió:lo que se paga para poder iniciar el tramite es al contado o lo pueden pagar en cuotas porque tengo 3 clientes que deben pagar entree 1500 y 2000 cada uno y me dicen que no tienen el dinero para pagar. tienen alguna solucion. ¿ no se les puede descontar de los haberes a cobrar porque son personas de bajos recursos?
Todo lo que sea posterior al 30/09/93 debe estar pago al momento de iniciar el expediente en ANSES, ahora, eso no quita el hecho de que las boletas correspondientes al tiempo excedido luego de ese plazo puedan ir pagándose de a poco, pero vuelvo a repetir, la primer cuota de la moratoria y lo posterior al 09/93 debe estar pago al momento del inicio.