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  • URGENTE! NECESITO UN MODELO DE CONTRATO DE RENTA VITALICIA

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 #355243  por Mordisco
 
Modelo de escritura publica por contrato de renta vitalicia
Escritura número seiscientos noventa y seis.- En la ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los quince días del mes de Diciembre del año dos mil, entre el Señor......................., quien manifiesta ser argentino y casado en primeras nupcias con................., mayor de edad, Documento Nacional de Identidad número..............., domiciliado en la calle............., Capital Federal, en adelante "EL ACREEDOR", por una parte y doña................, quien manifiesta ser uruguaya y divorciada, nacida el..... de....... de........, Cedula de Identidad de la República del Uruguay número..............., constituyendo domicilio especial en la calle........ y........., local............, República Oriental del Uruguay, de transito en esta ciudad, en adelante "EL DEUDOR", ambos comparecientes capaces para este otorgamiento y de mi conocimiento en los términos del Artículo 1001 del Código Civil por haberlos individualizado, doy fe, así como que el nombrado en primer término concurre por su propio derecho, haciéndolo la segunda en nombre y representación y en su carácter de Apoderada de la Sociedad.........................., justificando la existencia de la Sociedad y el carácter invocado con la documentación que en éste acto me exhibe en original y en copia agrego a la presente: 1- Estatuto Social otorgado el..... de...... de..... por ante el Escribano Público de.................. y 2- poder General Amplio otorgado el.......... de.............. por ante la Escribana.................. Y los comparecientes, en el carácter que concurren, asegurándome la Señora.................. la plena vigencia de su mandato, el cual manifiesta no le ha sido revocado ni limitado en forma alguna DICEN: -Que convienen celebrar el presente CONTRATO ONEROSO DE RENTA VITALICIA, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: El acreedor cede en propiedad al deudor, quien acepta, ................. acciones que tiene y le corresponden en la Sociedad que gira en ésta ciudad bajo la denominación................... SEGUNDA: En contraprestación, el deudor se obliga a pagar al acreedor....................., durante toda la vida del mismo y para el caso de fallecimiento de éste, a doña............, Libreta Cívica número.................., durante toda la vida de la misma, la suma de......................... por períodos mensuales, pagaderos en forma adelantada, el día ....... de cada mes o anterior hábil en caso de que éste fuera inhábil, mediante depósito en la cuenta del acreedor número................ abierta en el Banco.............., Sucursal................, Buenos Aires, República Argentina, o donde indique fehacientemente en el futuro, siempre que el lugar de pago sea ..................... La renta se comenzará a pagar a los doce meses de la firma del Presente Contrato de Renta Vitalicia, es decir, el ..... de......de......... TERCERA: Todos los pagos estipulados en el presente Contrato deberán efectuarse en dólares estadounidenses de libre disponibilidad, y no en otra moneda, y el deudor reconoce en forma expresa, firme, irrevocable e incondicional que la totalidad de las obligaciones de pago a su cargo, emanadas del presente Contrato, se mantendrán vigentes y exigibles hasta tanto el acreedor hubiere recibido la exacta cantidad de dólares estadounidenses que correspondiere ser abonada. CUARTA: El acreedor entrega en ésta acto al deudor los títulos de acciones de la Sociedad.......... ya mencionados. QUINTA: GARANTIA: Las acciones transferidas en ésta acto quedarán prendadas a favor del acreedor y en caso de su fallecimiento, a favor de la nueva acreedora, doña..................., en garantía del total cumplimiento del presente Contrato.
Esta prenda se hará extensiva a todas las acciones que la deudora reciba como dividendo y a las sumas de dinero que pudiere recibir en caso de reducción del capital. La prenda se constituirá en segundo grado, la que pasará automáticamente a primer grado, si se liberara la prenda de grado anterior. SEXTA: Durante todo el término de vigencia del presente Contrato, el acreedor se reserva el derecho de rescindirlo, reintegrando al deudor todas las sumas que hubiere recibido con mas un interés equivalente a la tasa........ vigente a la fecha de la rescisión, incrementada en seis puntos. SÉPTIMA: CONDICION RESOLUTORIA: El presente contrato está sujeto a las presentes cláusulas resolutorias: a) Si dentro del plazo de gracia de doce (12) meses, indicado en la cláusula segunda, se iniciare alguna acción que pueda conducir a que se ejecute la prenda que reconocen las acciones detalladas en la cláusula segunda, inciso a), en cuyo caso no procederá pago alguno, el contrato se considerará rescindido de puro derecho, sin necesidad de comunicación, notificación ni interpelación alguna, b) Si dentro de igual plazo de doce meses, la emisora de las acciones, ........................ S.A. se presentara en Concurso de Acreedores, peticionare o le pidieran la Quiebra y / o incurriera en notoria cesación de pagos, aún cuando no tuvieren la consecuencia anterior, caso en que la deudora podrá intimar al acreedor que garantice el doble de la suma que le debe pagar y /o le pague hasta que la Sociedad supere la cuestión sin mengua patrimonial apreciable. Producido éste último supuesto, la deudora podrá dar por rescindido el presente Contrato y la acreedora deberá reintegrar las sumas que hubiera percibido con mas un interés equivalente a la tasa.......... incrementada en seis (6) puntos y c) Si el deudor no cumpliere con sus obligaciones dentro de los sesenta (60) días del vencimiento. OCTAVA: Como la renta pactada en la cláusula segunda será abonada por períodos mensuales adelantados, cada término será adquirido por entero por el acreedor desde el día en que el pago deba ser hecho, es decir, no se adquirirá en proporción al número de días que viva el acreedor. NOVENA: A todos los efectos del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de ésta Capital Federal y / o de la ciudad de Montevideo, Uruguay, y constituyen domicilio en los indicados al comienzo, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se practiquen. Cualquier nuevo domicilio, deberá estar ubicado en las Jurisdicciones de ésta Capital Federal y / o del Uruguay y su modificación sólo será oponible a la otra parte si mediare notificación fehaciente. LEO a los comparecientes, quienes se ratifican de su contenido y así la otorgan y firman, de plena conformidad, ante mi, doy fé.-


Fuente: http://www.monografias.com/trabajos11/revit/revit.shtml