Hola a todos, tengo una jubi de pers. embarcado, en la unidad de tramites de leyes especiales en estado 47, mi cliente sigue en actividad y lo que me piden es que presente la documentacion relativa al cese, estuve leyendo en el foro y muchos dicen de esperar a que los citen, esta citacion llega siempre? tambien hablan de presentarse en ANSES a entregar la libreta. No se si alguien habra tenido un caso similar y me pueda ayudar, y contarme su experiencia, plazos, que formulario hay que presentar,etc.
Otra pregunta es desde que fecha se acumula el retroactivo, tenia entendido que es a partir del cese, pero lei por ahi que tambien puede ser a partir de que deja la libreta en Anses antes de cobrar. Como veran estoy bastante perdida!! Muchas Gracias
Otra pregunta es desde que fecha se acumula el retroactivo, tenia entendido que es a partir del cese, pero lei por ahi que tambien puede ser a partir de que deja la libreta en Anses antes de cobrar. Como veran estoy bastante perdida!! Muchas Gracias
