Si el actor fallece durante la tramitación del proceso, solo puede continuarlo la viuda/o. En este caso los hijos no pueden continuar con el juicio.-
Ahora, si hay sentencia firme: en primer lugar cobra la viuda/o, sino la hay hay que abrir sucesión. Con la declaratoria podes continuar el juicio en UCADEP
: haces un escrito denunciando fallecimiento del actor, presentas partida de defunción, y que la viuda se presente como tal acreditando el vinculo con partida de matrimonio actualizada, y sigue tramitando igual en lo demás.-
Cdo. hay solo herederos tenes que hacer declaratoria, pero solo podes hacerlo si hay sentencia firma, una vez que certifican la declaratoria en el Juzgado Civil, lo presentan en SS o bien el profesional que lleve el reajuste puede solicitar al Juzgado donde tramita la Sucesión, remita copia certificada de la declaratoria, Y modelo de oficio solicitando al ANSES si existen sumas liquidas a favor del causante las remita al juzgado tal ....