hola foristas. no hace mucho estoy en el tema previsional y me llego un caso de un cliente que tiene una pension directa. Es una pension directa de una persona que era PRACTICO en el Rio de la Plata. En el año 1989 se le reajustó el haber y se le abonaron retroactivos mediante un plan transaccional del momento. A partir de ahi solo tuvo los aumentos que se daban masivamente a las jubilaciones y pensiones. Pero los salarios de los practicos fue aumentando y luego ANSES emitio un dictamen sobre salarios a aplicar para estos casos. Ahora lo que queria era plantear se le aplique la doctrina del fallo sanchez y badaro y ademas de eso pedir movilidades mas alla del 2006. Mi pregunta es respecto a la posibilidad de solicitar el reajuste de haber nuevamente (art.49), ya que esto sucedio hace muchos años y actualmente la diferencia entre pasividad y actividad es muy grande. Pueden avacuar esta duda?. Desde ya muchas gracias.
