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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #357206  por cheli01
 
Hola foristas, al realizar una liquidacion aplicando el decr. 592/79, ya que si no lo hacia me daba mucha deuda, igualmente me da un periodo de 2 años de deuda, como mi cliente tiene años en exceso los quise prescribir (14236), no me lo permite, cual seria en este caso el beneficio aplicable. Muchas gracias.
 #357295  por hugo2
 
cheli01 escribió:Hola foristas, al realizar una liquidacion aplicando el decr. 592/79, ya que si no lo hacia me daba mucha deuda, igualmente me da un periodo de 2 años de deuda, como mi cliente tiene años en exceso los quise prescribir (14236), no me lo permite, cual seria en este caso el beneficio aplicable. Muchas gracias.
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