Hola, tengo el siguiente inconveniente:
Hay un juicio de apremios, en un juzgado Contencioso administrativo. Hay un inmueble embargado, pero ya está todo resuelto y el levantamiento del embargo ya está ordenado, por lo que sólo resta hacer el oficio al Registro de la Propiedad. Mi cliente (que no es parte en el juicio) adquirió el bien en cuestión, y pretende escriturar cuanto antes.
Me comuniqué varias veces con el abogado del Fisco para que haga el oficio al Registro y asi poder levantar el embargo, pero no lo hace.
¿Que puedo hacer? ¿Puedo presentarlo yo? (ya que lo firma el secretario) ¿Y el diligenciamiento?
Gracias
Hay un juicio de apremios, en un juzgado Contencioso administrativo. Hay un inmueble embargado, pero ya está todo resuelto y el levantamiento del embargo ya está ordenado, por lo que sólo resta hacer el oficio al Registro de la Propiedad. Mi cliente (que no es parte en el juicio) adquirió el bien en cuestión, y pretende escriturar cuanto antes.
Me comuniqué varias veces con el abogado del Fisco para que haga el oficio al Registro y asi poder levantar el embargo, pero no lo hace.
¿Que puedo hacer? ¿Puedo presentarlo yo? (ya que lo firma el secretario) ¿Y el diligenciamiento?
Gracias