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  • Recurso de revisión o reconsideración?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #355607  por mabel fernández
 
Hola a todos, los saludo y formulo mi consulta.
Ante disconformidad por lo liquidado para los importes mensuales de haberes.
Qué diferencia hay entre interponer recurso de revisión al Pte. de la Carss o, el de reconsideración ante el Director Ejecutivo?
Qué conviene presentar y porqué?
Lo puede presentar directamente el interesado o necesita patrocinio letrado?
Gracias por lo aportes
Anicca
 #355997  por inesla
 
hola, si el problema es la fecha inicial de pago y/o adquisición de derecho, podés ir a la CARSS. La Carss no actúa en reajustes; según me comentaron y no pude corroborrar, algunas presentaciones de reajuste las trata un sector de jurídicos que se denomina "Control de Litigiosidad", no reirse. La apelación la puede presentar el/la solicitante sin patrocinio, es más si la presenta el interesado, no necesitás qué el escrito sea tan formal, pero queda a tu criterio, sds