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  • Puedo acreditar por DDJJ???

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #355249  por daniel1990
 
Amigos del foro quiero pedirles una ayuda y saber si estoy en lo correcto. Tengo una señora de 62 años que se quiere jubilar. Tiene 28 años de trabajo ininterrumpido en la Administración Pública. Dice también que trabajó cuando tenía 19 años poco tiempo en una empresa que ya no existe más, y no tiene ningún papel que así lo acredite.
La señora siguirá trabajando hasta que le salga el beneficio.
Mi pregunta es la siguiente: la puedo jubilar con 28 años en RD, un año por exceso de edad y un año por DDJJ? Me dijeron que si seguía trabajando no podía acreditar por DDJJ. Yo digo si en realidad la señora tendrá una fecha de cese al momento de pedir el turno, y sólo seguirá trabajando hasta que le salga el beneficio cual sería el impedimento para acreditar un ño por DDJJ??
La otra posibilidad es comprarle un año y hacer SICAM, pero me parece que no es conveniente hacerle la jubi mixta porque ello le bajaría el promedio, no es cierto?? Estoy confundido y no sé que es lo mejor para ella. No encuentro fundamento de ambas posiciones.
Gracias a todos los que lean este topic.
 #355262  por inesla
 
Hola, no decís cuándo cesó, con esa información podemos ver si necesitás art.3 o comprar años de aportes, sds
 #355269  por daniel1990
 
El cse se lo voy a dar yo ahora y la señora seguirá trabajando hasta que le salga la jubi. Si yo le pido turno hoy, la fecha de cese será la de hoy, está bien?
 #355272  por inesla
 
ok, necesitás 30 c/aportes y se los tendrás que comprar (1año faltante) x 24476, seguramente te va a bajar el haber, luego tendrás que hacer juicio de reajuste y lo recupera. Fijate qué hay muchos post, con los años baratos y caros, pero no va a ser mucho. sds
 #355323  por andrea1982
 
No entiendo por qué no encontrás fundamento para una y otra postura. No puede poner declaración jurada si cesa ahora y no es una cuestión jurisprudencial o doctrinaria, no le corresponde porque estamos en el 2009.

En cuanto a que le compres 1 año por moratoria, para mi es ínfimo lo que le pueda bajar en el haber, si se quiere jubilar ahora creo que no le queda otra opción.

Inesla, no entiendo porqué decís que después le hacés un reajuste y lo recupera, un año no va a hacer gran diferencia, y tampoco va a "recuperarlo" con un reajuste, ya que puede no darle diferencia para un reajuste independientemente de haber o no comprado años por moratoria, por ej., si los sueldos en actividad eran bajos, como puede darle, pero el reajuste no hace hace "para recuperar" se hace si corresponde...
 #355336  por DraLila
 
Daniel1990:

La cantidad de años que podes hacer por declaración jurada depende del año del cese. Tené en cuenta lo siguiente:

Cesado en 1994/1995: 7 años
1996/1997: 6 años
1998/1999: 5 años
2000/2001: 4 años
2002/2003: 3 años
2004/2005: 2 años
2006/2007: 1 año

Por eso si el cese es 2009 no podes usar la ddjj
 #355341  por daniel1990
 
GRACIAS Inesla y Andrea!!!
Entonces quedaría así:
62 años de edad cumplidos
28 de aportes ininterrumpidos (los últimos 10 años con un sueldo alto) y le hago el SICAM por un año (paga todo al contado). Luego el año restante quedaría compensado por exeso de edad. Esta bien así??
28 años RD
1añoSDM
1 añocompensa por edad (esto es automatico?)
GRACIAS OTRA VEZ!!!
 #355623  por inesla
 
hola, Andrea con tanta relación de dependencia el haber determinado administrativamente, seguro es pasible de reajuste, no soy de hacer el reajuste x el reajuste en sí. Hago el cálculo, lo presento y lo fundamento, si veo que no da diferencias le explico a la gente lo mejor posible, pero cómo la forista y ya no me acuerdo cómo se llama, perdón, decía qué tenía haberes altos, entonces seguro que puede obtener un haber mejor que el administrativo, además cuándo agregás autónomos, más si va a comprar sdm le va a impactar negativamente. Hoy no puedo hacer ningún cálculo, estoy c/un administrativo de renta vitalicia denso, muy denso, pero en la semana veo y lo paso por pos o por mp, cariños
 #355802  por andrea1982
 
Ah! Si, obvio, después va a poder pedir un reajuste si le corresponde, obvio. Es que no entedía porque decías que lo "recuperaba" :lol:
Ahora quedo más claro, igual es poquito lo que tiene que comprar.

Saludos
Andrea