Estimados Colegas!! les comento que en un expediente que tramita en capital, trabe embargo sobre dos automotores y asimismo ahora estoy solicitando el secuestro de los mismos y como depositorario judicial a la parte actora (mi clienta), que se encuentran en un domicilio en provincia de Bs As. el tema es que el juez me ordena que previo a todo señale el lugar en donde se depositaran los bienes secuestrados.... supongo que deberia ser el domicilio de mi cliente (actora)???????????????????????????????? y en este caso... como no tiene lugar los tendra que dejar en un garage.... que obviamente le cobrará mensual por cada auto.... !!!!!!!!!!!! pueden decirme que domicilio debo individualizar a los esfectos de depositar esos bienes? que pasa con los gastos en el caso de dejarlos en una cochera? como los paso luego en el expediente?
otra preguntonta: cuales son los pasos a seguir una vez secuestrados y depositados...? deberia solicitar remate judicial o mi cliente podria adjudicarselo en parte de pago de la deuda?....
espero comentarios e ideas...
como siempre mas que agradecida...
salute....!!!!
otra preguntonta: cuales son los pasos a seguir una vez secuestrados y depositados...? deberia solicitar remate judicial o mi cliente podria adjudicarselo en parte de pago de la deuda?....
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