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 #355578  por hakki72
 
Hola a todos. Hoy de vuelta con alguna consulta. Tengo un cliente con un establecimiento geríatrico. Normalmente hace firmar contratos de prestación con los deberes y obligaciones de las partes.
Un familiar retiró a la persona internada, quedando una deuda pendiente de pago. El contrato establece que los recibos emanados del geriátrico hacen las veces de título ejecutivo. Reconociendo ese recibo su origen en un contrato de prestación de servicio, va por via ejecutiva directa o como cobro de pesos? Digo, me parece que primero y principal hay que citar a reconocer firma al familiar con el que se celebró el contrato? Me parecía fácil, pero al momento de sentarme a armar la demanda me surgio la duda (menos mal que uno aprende a pensar por la parte propia y, a veces, por la contraria).
Espero sus respuestas,
Muchas Gracias.
hakki72
 #355657  por BRENDITA
 
yo lo haría como demanda ordinaria y no prepararia la via xq perdés tiempo y total el desconociemiento de la firma te lo pueden hacer en la demanda
 #355662  por hakki72
 
Ok. Gracias. Entonces iría como cobro de pesos directo, no? Acompaño contrato, recibos del geriátrico y listo.
 #355693  por BRENDITA
 
los recibos del geriátrico si querés los presentás sino no, xq vos sos el q tiene q decir q te deben xx meses, y tu demandado es el q va a tener q presentar los recibos de q pago. Los recibos q vos tengas van a ser duplicados pero confeccionados x tu cliente así q sería algo unilateral.