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  • Reajuste a Jubilado por moratoria.

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #354847  por Aldeberan
 
Hola! Como estan?
El tema es el siguiente: tengo una persona con aportes en Neuquen, Rio Negro, Pcia de Buenos Aires (muchos de ellos como docente) y Autonomos. La verdad es que necesita el dinero y no puede esperar a hacer una certificacion de servicios en cada uno de esas provincias (no figura en sistema los aportes aunque puede conseguir certificaciones) y la idea es jubilarlo por moratoria. La pregunta es, se puede luego de estar jubilado (asi mientras tanto va cobrando) hacer un reajuste incorporando las relaciones de dependencia no informadas con motivo de la jubilacion? Una vez mas muchas gracias por la ayuda de siempre. :P
 #354855  por inesla
 
hola, si poder se puede. Pero Río Negro lo tienen que tener en anses, por lo menos en bases transitorias. Neququén y la Pcia. de Bs.As. puede que no, pero pedí un sijp o un sipa y fijate, por las dudas, sds
 #355082  por inesla
 
dool escribió:aldeberan:
fijate acá viewtopic.php?f=8&t=62769#p352181
Dool hola, todo bien reajusta por qué tiene años en rrdd, pero él quiere saber si presenta por moratoria y luego agrega la rrdd, es decir hacer lo que anses llama "reajuste tecnico", por eso le digo que pida el sijp y vea q sale de los servicios y que busquen en las bases transitorias d elas pcias. cuyas cajas fueron transferidas, cariños
 #355266  por Aldeberan
 
Gracias a todos por sus respuestas. En principio el hombre esta muy necesitado del dinero y no puede esperar varios años a que esten listos las certificaciones de aportes en cada provincia. Arranco pues con la moratoria. De la sabana de ANSES no surge aporte alguno en ninguna de las dos Provincias (aparte obvio de Bs As, IPS mediante). Incluso consulte en las casas de Provincia respectivas (muy amables pero con menos idea que yo de que le estaba hablando). Me quedo con la respuesta de que luego de la moratoria puedo iniciar un Reajuste. La ultima pregunta es, una vez que junte las certificaciones de servicios, debo inicar el Reajuste ante el ANSES? Se trata de un tramite Administrativo? (perdon si la pregunta es tonta, pero nunca hice reajustes)
De nuevo gracias a todos y espero que uno de estos dias sea yo el que les devuelva el favor. Suerte :P
 #355271  por dool
 
inesla escribió:
dool escribió:aldeberan:
fijate acá viewtopic.php?f=8&t=62769#p352181
Dool hola, todo bien reajusta por qué tiene años en rrdd, pero él quiere saber si presenta por moratoria y luego agrega la rrdd, es decir hacer lo que anses llama "reajuste tecnico", por eso le digo que pida el sijp y vea q sale de los servicios y que busquen en las bases transitorias d elas pcias. cuyas cajas fueron transferidas, cariños
AHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHHH
Aldeberan escribió:Gracias a todos por sus respuestas. En principio el hombre esta muy necesitado del dinero y no puede esperar varios años a que esten listos las certificaciones de aportes en cada provincia. Arranco pues con la moratoria. De la sabana de ANSES no surge aporte alguno en ninguna de las dos Provincias (aparte obvio de Bs As, IPS mediante). Incluso consulte en las casas de Provincia respectivas (muy amables pero con menos idea que yo de que le estaba hablando). Me quedo con la respuesta de que luego de la moratoria puedo iniciar un Reajuste. La ultima pregunta es, una vez que junte las certificaciones de servicios, debo inicar el Reajuste ante el ANSES? Se trata de un tramite Administrativo? (perdon si la pregunta es tonta, pero nunca hice reajustes)
De nuevo gracias a todos y espero que uno de estos dias sea yo el que les devuelva el favor. Suerte :P
sí los reajustes se inician ante ansés
rige la ley 19549 (leela)
desp se hace la dem de impugnación en los juzgados federales
 #355273  por inesla
 
hola, presentás en anses las certificaciones de servicios y pedís que se redetermine el haber, es un "reajuste técnico", inclusión de servicios, no te lo pueden denegar, aparte si son años docentes solicitá que se tome el exceso de edad y luego si querés podés iniciar la solicitud de reajuste para llegar a la justicia, cómo bien te dijo la/el forista anterior de acuerdo a la 19549, sds