Una clienta compro inmueble con boleto compraventa firmas certificadas por escribano. No se escrituro, la compradora (mi cleinta) debia pagar una suma de $ XX y lueg oescrituraban. Interin muere la vendedora. Abrimos sucesorio. Desconocimos herederos, solo sabiamos de un sobrino lo citamos y renuncio a la herencia. Despues de de estar edictos oficio etc, aparece conyuge de la sra. se ´presenta. Lo declaran heredero. Pedimos regulacion de honorarios y le intimamos a a pagar a el. No sol ono queire pagar sino q inicio medidas preliminares porque quiere perdir la nulidad del contrato e compraventa. Como seguirian mi clienta queire inscribir e inmueble que compro!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Tu clienta compró mal.
Debió haber verificado el estado civil de la vendedora. Si el bien es ganancial necesita el asentimiento del cónyuge y si es propio en determinados casos también. El estado civil de cuando compró surge del CERTIFICADO de dominio que es el que traba la matrícula, del mismo modo que allí constan los gravámenes que puedan existir sobre el inmueble.
Si compró casada y sigue casada, se necesita asentimiento del cónyuge.
Si compró casada y es divorciada, tiene que presentar el testimonio de la sentencia de divorcio y además le tiene que haber sido adjudicado el inmueble en la liquidación de la sociedad conyugal.